Alberto Lebbos pide que el Estado pague más de 11 millones de pesos

Sábado 10 de Febrero de 2018, 09:03

Alberto Lebbos con sus abogados, Roberto Tejerizo (izquierda), a cargo de la acción civil y Emilio Mrad (derecha), letrado querellante. Foito: La Gaceta/Jorge Olmos Sgrosso



La acción civil persigue el resarcimiento económico del daño causado por un hecho ilícito, mientras que la acción penal pretende el castigo. La primera es una acción accesoria de la segunda, donde se necesita la determinación previa de la responsabilidad de las personas imputadas. Estando pendiente la acción criminal, no puede condenarse primero en un juicio civil.

Aunque ambas acciones son independientes, son accesorias. En el caso Lebbos, la querella estableció como estrategia plantearla en el juicio penal. La demanda por daños y perjuicios es contra cinco imputados y el Gobierno provincial. Fue concretada por Alberto Lebbos en representación de su nieta, hija de Paulina. El monto del reclamo es de $11.173.680.

En el caso de Roberto Luis Gómez, debería responder económicamente por ser coautor responsable de la privación ilegítima de la libertad seguida de homicidio.
Es el único de los acusados que llegó al juicio imputado por ese delito.


Respecto a Luis Eduardo Di Lella, Hugo Sánchez, Luis Nicolás Barrera y Héctor Rubén Brito, como autores responsables de los delitos de encubrimiento real agravado, abuso de autoridad y falsificación ideológica de instrumento público.

El Estado tucumano debería responder por tratarse de funcionarios del Poder Ejecutivo y miembros de la Policía de la Provincia.

El daño causado

Al momento de su desaparición y asesinato, la víctima tenía 22 años, era estudiante de la carrera de Ciencias de la Comunicación y tenía a cargo una hija de seis años. Esos elementos serán valorados al momento de establecer el monto económico del resarcimiento solicitado. Pero también deberá tenerse en cuenta el daño emocional y psicológico causado por el hecho.

El Tribunal de la Sala III, integrado por los magistrados Carlos Caramuti (presidente) y Dante Ibáñez y Rafael Macoritto (vocales), podrá resolver esta cuestión al momento de la sentencia.

En el documento, que fue leído miércoles, a continuación del requerimiento de elevación a juicio, se desarrolla la noción de “falta de servicio”, que se refiere a “un servicio que ha sido ejecutado de modo irregular, deficiente o anormal, que no ha sido ejecutado y por una relación causal adecuada entre el comportamiento en la función estatal y el daño cuya reparación reclama”.

“Hay que tener en cuenta que la víctima era una persona que se encontraba ejerciendo su actividad como estudiante universitaria, tenía una vida por delante y a la vez una hija a quien cuidar”, explicó el abogado Roberto Tejerizo, representante de Lebbos.

Paulina fue vista por última vez el 26 de febrero de 2006, cuando se retiró con su amiga y compañera de estudios, Virginia Mercado, de un boliche de la zona del ex Abasto. Habían asistido a ese local para festejar que habían aprobado un examen. Su cuerpo fue hallado el 11 de marzo de ese año, a la vera de la ruta 341, camino a Raco.

El cálculo

Para determinar la responsabilidad civil se tienen en cuenta diferentes rubros, como el daño emergente (el hecho); el lucro cesante, que regula las ganancias a las que se vio privado el damnificado; la pérdida de chances, por el daño futuro; y el daño moral, que implica, no el valor económico, sino “la clara violación dolosa que tuvieron los aquí demandados”.

“Esas determinaciones se hacen a través de un cálculo matemático que debe ser corroborado por medio de pruebas. Ya sean pericias contables o psicológicas, para determinar el daño que sufrió la familia”, aclaró Tejerizo.

Planteos

Los abogados de la Provincia, Carlos Parajón Ferullo y Cecilia Vaccaro, explicaron que efectuaron planteos previos. El primero fue por “prescripción”, por el tiempo transcurrido. El otro, por “litispendencia”, expresión utilizada en derecho para señalar que existe un juicio pendiente, entre las mismas partes y sobre una misma materia.

“Paralelamente a esta causa se tramita la causa Albaca, en la que el actor reclama otro importe similar basado en los mismos conceptos. Es una facultad de los jueces para evitar el abuso de derecho”, indicó Parajón Ferullo.

“Son dos juicios diferentes. Los jueces resolvieron que esta situación se va a tener presente para evitar duplicaciones al momento de la sentencia”, aclaró Vaccaro.

Cifras del reclamo

$975.240 Daño emergente
$3.636.360 Lucro cesante
$975.240 Pérdida de chance
$5.586.840 Daño moral
$11.173.680 total




Fuente: https://www.lagaceta.com.ar/nota/760760/actualidad/lebbos-pide-encubrimiento-irregularidades-estado-pague-111-millones.html