El fallo que absolvió a Miguel Brito debe ser revisado por la Corte Suprema

Viernes 14 de Septiembre de 2018, 08:23

EN EL DEBATE. Brito, en una de las audiencias previas a su absolución. La Gaceta / Foto de Franco Vera.



Miguel Ángel Brito, ex titular de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo (DAU) durante el alperovichismo, ya fue absuelto por los presuntos hechos de corrupción que se le imputaban. Pero como consecuencia del recurso de casación planteado por el fiscal de Cámara, Carlos Saltor, y del visto bueno de las juezas Stella Maris Arce y María Elisa Molina, la sentencia que liberó de toda culpa y cargo al ex funcionario será revisada por la Corte de Tucumán (CSJT).

El fallo dictado el 31 de julio pasado determinó que no había pruebas para condenar a Brito por los presuntos delitos de fraude a la Administración Pública y de negocios incompatibles con su cargo. Así lo resolvió el voto mayoritario, firmado por las juezas Alicia Freidenberg (presidenta) y Molina (integró el tribunal en reemplazo de la vocal Marta Cavallotti, entonces con licencia). La camarista Arce se expresó en disidencia, y consideró que sí estaban probadas las presuntas irregularidades. Ante esto, quedó desestimado el pedido de pena formulado en los alegatos por el fiscal de Cámara, quien había solicitado cinco años de cárcel para Brito, además de la prohibición para el ejercicio de cargos públicos.

El 21 de agosto, Saltor apeló la sentencia absolutoria, y la medida fue otorgada por las vocales Arce y Molina. “Conceder el recurso de casación interpuesto”, señala la cédula de notificación que emanó de la Sala VI. Y establece la elevación del caso “DAU” a la Corte Suprema.

Si bien todavía no se comunicó cómo será la integración del alto tribunal, asoma como poco factible la intervención del vocal Antonio Estofán, ya que Brito señaló durante el juicio, en una de sus declaraciones como imputado ante el tribunal, que había estrechado lazos de amistad con el ex presidente de la CSJT.

El ingeniero, que también se desempeñó como concejal y como legislador, estuvo a cargo de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo entre 2007 y 2012
, cuando renunció por pedido del entonces gobernador, José Alperovich. Poco después, los radicales Silvia Elías de Pérez (senadora) y Ariel García (legislador) formularon una denuncia penal en su contra por presuntas irregularidades en la ejecución de obras públicas; entre ellas, el pago de trabajos que no fueron realizados, la contratación de empresas ligadas a familiares o de firmas “fantasma”, y el pago de un spot de campaña por parte de un ex contratista, en la previa a los comicios de 2011.

Todos los puntos de la denuncia de los opositores fueron rebatidos por el voto mayoritario de Freidenberg y Molina. Según las juezas, ni la investigación preparatoria ni el juicio oral dieron lugar a la presentación de “pruebas idóneas” con respecto a esos supuestos hechos de corrupción. A modo de ejemplo, consignaron que no se realizaron pericias contables ni de ingenieros. Así, luego de seis años de proceso penal, Brito fue finalmente absuelto de todo cargo.

“(La sentencia) realiza una valoración errada y una percepción falsa de las pruebas aportadas, con el claro objetivo de absolver al imputado. Además incurre en graves errores de hecho, porque interpreta y valora las pruebas en forma inexacta y con desprecio por la verdad, en un patente acto de desvalorización del derecho vigente”, cuestionó Saltor al plantear la casación, que llevará el caso “DAU” a manos de los vocales de la Corte.
 

Fuente: https://www.lagaceta.com.ar/nota/783565/actualidad/corte-revisara-fallo-tribunal-absolvio-brito.html