2019 arrancará con baja del impuesto a los Ingresos Brutos en Tucumán

Jueves 13 de Diciembre de 2018, 07:38





El año fiscal 2019 arrancará con una menor carga tributaria; particularmente del impuesto considerado como el más distorsivo del sistema: Ingresos Brutos. El Poder Ejecutivo tiene listo el proyecto de ley que próximamente enviará a la Legislatura y que establece una reducción de las alícuotas de ese tributo para distintas actividades económicas.

La decisión oficial responde al cumplimiento del Consenso Fiscal que el gobernador Juan Manzur firmó con el Gobierno nacional el 16 de noviembre de 2017. Entre otros puntos, se establecían exenciones y aplicar alícuotas del impuesto que, para el caso de la agricultura, ganadería, pesca, silvicultura, explotación de minas y canteras no debía superar el 0,75%.

En el caso del comercio, el tope había sido fijado en aquella oportunidad en un 5% de alícuota vigente hasta 2022. La máxima prevista para el año que viene corresponde a los servicios financieros, con una alícuota del 7%.

Las reducciones de alícuotas entrarán en vigencia el 1 de enero próximo.

Entre otros puntos, el Consenso Fiscal había establecido las siguientes pautas de cumplimiento efectivo por parte de las provincias:

• Eliminar tratamientos diferenciales basados en el lugar de radicación o la ubicación del establecimiento del contribuyente o el lugar de producción del bien.

• Desgravar los ingresos provenientes de las actividades de exportación de bienes, excepto las vinculadas con actividades mineras o hidrocarburíferas y sus servicios complementarios.

• Desgravar los ingresos provenientes de prestaciones de servicios cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior del país.

• Adecuar el funcionamiento de los regímenes de retención, percepción y recaudación del gravamen, de manera tal de respetar el límite territorial de la potestad tributaria de las jurisdicciones, según lo previsto en el Convenio Multilateral, y evitar la generación de saldos a favor inadecuados o permanentes, que tornen más gravosa la actuación interjurisdiccional del contribuyente respecto de su actuación pura en el ámbito local.

• Establecer un mecanismo de devolución automática al contribuyente del saldo a favor generado por retenciones y percepciones, acumulado durante un plazo razonable, que en ningún caso podrá exceder los seis meses desde la presentación de la solicitud efectuada por el contribuyente, siempre que se encuentren cumplidas las condiciones y el procedimiento establecido por las jurisdicciones locales para esa devolución.

En la adenda firmada recientemente por la Nación y las provincias se pospuso hasta 2020 la aplicación de la alícuota máxima del 0,75% para el impuesto a los Sellos, que se eliminará recién en 2023. De esta manera, se permitirá a las provincias que firmaron el acuerdo, mantener, por un año más, el esquema de recaudación de ese tributo.

Peso Recaudatorio

Representa casi el 80% del total


El principal tributo que administran las provincias argentinas ha sido en los últimos 25 años el  Impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB), con una destacada presencia y una tendencia creciente en su participación, señala un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf). Se  un impuesto de tipo plurifásico y acumulativo, que  se caracteriza por ser altamente ineficiente desde el punto de vista económico, ya que genera  los conocidos efectos de acumulación y piramidación que incentivan decisiones distorsivas en la asignación de los recursos. En el caso tucumano, Ingresos Brutos representó casi el 80% de lo recaudado por la Dirección General de Rentas en los primeros 10 meses del año: alrededor de $ 12.264 millones sobre un total de ingresos por cobro de tributos provinciales estimados en $ 15.430 millones para ese período. Hasta ahora no se ha calculado cuánto será lo que dejará de ingresar con la adecuación de las alícuotas durante 2019.

Energía y Construcción

Sensibles reducciones interanuales


En el rubro Electricidad, Gas y Agua, la baja prevista en las alícuotas por el Gobierno provincial para Ingresos Brutos será del 5% actual al 3,75%. Esto incluye la generación de energía hidráulica, térmica, nuclear y la distribución de energía eléctrica. En el caso del transporte será del 2%, según la iniciativa. En el caso puntual de la fabricación de gas, el porcentual previsto es del 1,5%, una reducción de medio punto respecto del actual. En lo que se refiere a Construcción, la iniciativa prevé el sostenimiento de la alícuota general en un 5%, pero sí se evidenciará una disminución para el caso de la construcción reforma de edificios residenciales (del 3% al 2,5%), como así también en la construcción y reforma de edificios no residenciales y de obras hidráulicas. También se fijó en 5% la alícuota para el caso del alquiler de equipo de construcción o demolición dotado de operarios y en la terminación de edificios y obras de ingeniería civil, entre otros.

Hotelería y restaurantes

Se sostienen las alícuotas


Los servicios de alojamiento por hora en las tres categorías (A, B y C) seguirán abonando el impuesto sobre los Ingresos Brutos con una alícuota del 10%, de acuerdo con la iniciativa en poder del Ejecutivo. El nomenclador, no obstante, muestra una baja de medio punto (del 5% al 4,5%) para servicios de alojamiento en pensiones, en residenciales, hosterías y hospedajes temporales. La misma reducción se observará en los servicios de restaurantes y cantinas con y sin espectáculos, además de las pizzerías, “fast food” y locales de ventas de comidas y bebidas al paso. Las heladerías y la provisión de comidas preparadas para empresas seguirán tributando al 5%. En el caso del transporte, el servicio urbano regular de pasajeros, los de taxis y remises, el de transporte escolar y los servios de transporte automotor urbano de oferta libre de pasajeros tributarán con una baja de un punto porcentual respecto de lo que pagan en la actualidad, es decir, del 3% al 2% para 2019, según la iniciativa oficial.

Comercio

La alícuota seguirá en el 5%


En el proyecto de ley que próximamente enviará el Poder Ejecutivo a la Legislatura se establece una alícuta del 5% para el Comercio Mayorista, Minorista y Reparaciones, tal como se dejó establecido en el Consenso Fiscal firmado el año pasado. Para este año, la Provincia había subido del 4,5% al 5% aquel porcentual que se mantendrá al menos hasta 2022, de acuerdo con el pacto firmado con la Nación. De las 11 provincias que subieron la alícuota máxima sobre el sector comercio, siete lo hicieron llevándola al límite máximo permitido por la ley para 2019, señala un reporte del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf). En este grupo se encuentran Chubut, Salta, Río Negro, Tierra del Fuego, Entre Ríos, Santa Fe y   Tucumán. En el grupo que subió alícuotas sin llegar al máximo de 2019 se encuentran La Rioja,  Jujuy y La Pampa. Y por último se destaca Neuquén, que subió la alícuota máxima al 6,5%, 1,5  punto porcentual por encima del máximo para 2019, que es del 5%.

Agricultura y ganadería

Con los máximos permitidos


El Poder Ejecutivo deberá bajar del 1,4% de alícuota vigente al 0,75% a 2019, de acuerdo con el texto del Consenso Fiscal. De hecho, ese porcentaje está readecuado en el proyecto de ley. En el caso de los servicios agrícolas y pecuarios, excepto los veterinarios, la alícuota será del 5%. También se prevé el mismo porcentaje para los servicios forestales de extracción de madera. El tope del 0,75% también regirá para la extracción de petróleo crudo y de gas natural que, actualmente, es del 1,4%. A su vez, en la industria manufacturera, el porcentaje promovido para el año que viene por el Poder Ejecutivo es del 1,5% para Ingresos Brutos, una reducción de casi medio punto porcentual respecto del sistema vigente. La misma alícuota será la de la producción y procesamiento de carne, pescado, frutas, legumbres, hortalizas, aceites y grasas, además de la elaboración de productos lácteos, de alimentos a base de cereales y de otros productos alimenticios.

Otros cambios

Impuesto a los juegos de azar y las boletas por sistemas informáticos


La iniciativa oficial prevé, entre otras medidas, la adecuación del importe fijo previsto en la Ley Impositiva para el Impuesto a los Juegos de Azar Autorizados. En esa orientación, se establece que el gravamen establecido para las Boletas de quiniela pasará de $ 0,05 a $ 2. Además, el Gobierno provincia toma en cuenta otras modificaciones en base a la actualización tecnológica. En ese aspecto, “y en aras de optimizar la relación fisco-contribuyente, se propicia la modificación de los artículos 282 y 283 del Código Tributario Provincial, a los fines de que los contribuyentes del impuesto de Sellos puedan acreditar el pago del gravamen mediante comprobantes por separado emitidos por sistemas informáticos”. La iniciativa propuesta contempla que todos estos cambios deben entrar en vigencia a partir del período fiscal que arrancará el 1 de enero de 2019. Por esa razón, se prevé su pronto envío a la Legislatura para su tratamiento.
 

Fuente: https://www.lagaceta.com.ar/nota/792552/actualidad/gobierno-bajara-alicuotas-ingresos-brutos.html