El Gobierno prorrogó la prohibición de cortar los servicios públicos, incluida la telefonía, la TV por cable e Internet

Domingo 20 de Septiembre de 2020, 16:11

Será a través de un DNU que se publicará mañana, y en el marco de la nueva etapa de la cuarentena que anunció el Gobierno el pasado viernes.



Mediante un DNU estableció que los prestadores de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable no podrán cortar servicios.

El primer artículo del DNU dispone que las empresas prestadoras “de servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias indicados en el artículo 3°, en caso de mora o falta de pago de hasta 7 facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020”.

El decreto 311, del 24 de marzo pasado, había dispuesto que la prohibición de corte se aplicaba para quienes debían hasta 3 facturas, plazo que hasta ahora se estira hasta 7 facturas.

Además, el DNU aclara que la prohibición de corte comprende también a “los usuarios y las usuarias con aviso de corte en curso” y establece también que si un usuario o usuaria accediera a un plan de facilidades de pago en las condiciones que establezca la reglamentación, “se considerará como una factura pagada”. /Infobae