Acusado de homicidio calificado por alevosía, ensañamiento y criminis causa, fue sobreseído porque es menor

Miércoles 18 de Agosto de 2021, 07:29

SANDRA PALOMO. La docente asesinada por el joven que fue liberado.



La jueza en lo penal juvenil 1 de Salta, Tatiana Dip Torres, dispuso mantener las medidas de seguridad de un menor de 17 años, que había sido sobreseído por la jueza de Garantías 8 por inimputabilidad. El menor había sido acusado del delito de homicidio calificado por alevosía, ensañamiento criminis causa y por mediar cuestión de género, por el crimen de Sandra Palomo.

Al perder la jurisdicción ante el sobreseimiento del joven, la jueza declaró la incompetencia material del juzgado para seguir interviniendo en relación al menor, que en ese momento tenía 15 años, y remitió copias del expediente a la Mesa Distribuidora Civil de Personas y Familia, para su radicación ante el Juzgado de Familia correspondiente.

En su resolución, la jueza destacó que "es necesario reafirmar que este Tribunal perdió jurisdicción en relación al joven C. al haberse dictado el sobreseimiento y encontrándose la Medida de Seguridad que requiere la internación del joven con tratamiento psiquiátrico, recomendada por los profesionales intervinientes en la Junta Medica Psiquiátrica, este Juzgado carece de competencia material en el control de la medida de seguridad".

En ese contexto, resaltó la jueza la necesidad de armonizar y compatibilizar las diversas normas, tanto el artículo 34 del Código Penal, el artículo 1 del Régimen Penal Juvenil (ley 22278), el artículo 8 del nuevo Régimen Procesal Penal Juvenil (ley 8097), la ley de Salud Mental 26657, y el Código Civil Argentino, en sus artículos 41 y 42.

Recordó también que "en relación a los niños que cometen un delito cuando todavía no han cumplido con la edad mínima, el Comité de los Derechos del Niño ha reconocido que si bien no pueden ser formalmente acusados ni considerárselos responsables en un procedimiento penal, si es necesario, procederá adoptar medidas especiales de protección en el interés superior de estos niños". QPS