Lunes 07 de Octubre de 2024, 16:46
El Gobierno nacional estableció un nuevo requisito para cobrar jubilaciones de Anses: no permanecer fuera del paÃs más de 90 dÃas corridos.
La disposición fue publicada la semana pasada en la resolución 918/2024 del BoletÃn Oficial.
Aunque a la mayorÃa de los jubilados los viajes de larga duración les resulta una hazaña, Anses dispuso que, quienes permanezcan en el exterior del paÃs por tres meses o más no podrán seguir percibiendo la jubilación. El beneficio entrará en suspensión hasta que el jubilado vuelva a Argentina y pueda probarlo.
Anses ya habÃa establecido que para cobrar las prestaciones no contributivas de la seguridad social o asignaciones que administra la entidad era requisito la residencia en el paÃs, aunque no registraba un plazo especÃfico de permanencia.
Ante esta situación se determinó que "deberá entenderse que la persona titular o generadora de derecho, según corresponda, no cumple con dicho requisito cuando se haya ausentado del territorio de la República Argentina por un perÃodo superiro a noventa dÃas corridos".
"Para verificar el cumplimiento del requisito de residencia mencionado (...) se utilizará la información obrante en las distintas bases de datos de Anses y aquella remitida por la Dirección Nacional de Migraciones en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos", establece en el artÃculo 2° la resolución.
Una vez que se constate la ausencia de la persona se suspenderá el beneficio "hasta tanto la persona titular solicite la activación del mismo y se demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el paÃs, excepto cuando se trate de prestaciones respecto de las cuales dicho incumplimiento implique la pérdida de derecho, en cuyo caso se procederá a la baja de las mismas".
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