La Secretaría de Trabajo convocará a renegociar la paritaria de los empleados de Comercio

Viernes 09 de Mayo de 2025, 17:42

Armando Cavalieri, líder del Sindicato de Comercio.



La Secretaría de Trabajo confirmó este viernes que en los próximos días convocará a las partes a renegociar un nuevo acuerdo para los empleados de Comercio, tras desconocer la paritaria firmada el 29 de abril entre el sindicato y las Cámaras del sector: establecía un aumento de 5,4% en tres meses.

Desde Capital Humano, emitieron un comunicado donde informaron que "dado el contexto general, la Secretaría está evaluando los términos del acuerdo suscripto entre las partes". Además, agregaron: "En este marco, en los próximos días convocará a las partes con el objetivo de renegociar el contenido, con vistas a alcanzar un nuevo acuerdo".



Hace poco más de una semana, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) anunció que había llegado a un acuerdo salarial con una suba del 5,4% en tres tramos para los meses de abril, mayo y junio, con lo que el básico llegaría a $1.123.000. El acta fue firmada por la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA).

Según Ámbito, el Gobierno no quiere homologarlo e insiste con readecuarlo, pero el sindicato se niega y defiende su vigencia. En tanto, el conflicto se agrava porque no todas las patronales lo abonaron este mes. Supermercadistas y mayoristas no lo hicieron y los delegados están en alerta. En principio, desde hace un tiempo distintos actores sindicales señalan que el Gobierno bajó la orden de no homologar ningún acuerdo superior al 1% mensual.

El Sindicato de Empleados Comercio (SEC) de Capital Federal cuestionó la intromisión del Gobierno en la discusión de las paritarias libres y se declaró en "estado de alerta" con la realización de asambleas en los puestos de trabajo.

A la par del reclamo de la SEC, desde FAECYS recordaron que el acta suscripta contempla una cláusula específica que garantiza la validez y aplicación del acuerdo, incluso en el caso de que la homologación administrativa no se produzca de manera inmediata.

En concreto, el artículo décimo del acuerdo estipula: "Para el caso de estar pendiente la homologación del acuerdo y se produzcan vencimientos de los plazos pactados para el pago de los incrementos en la forma escalonada prevista, los empleadores abonarán las sumas en la forma convenida con la mención ‘pago anticipado a cuenta del Acuerdo Colectivo Abril 2025’, el que quedará reemplazado y compensado por los rubros correspondientes una vez homologado el acuerdo". /C5N