Martes 16 de Septiembre de 2025, 23:26
La Cámara Nacional Electoral (CNE) desestimó este martes una queja presentada por los apoderados de la alianza Unidos por Tucumán, liderada por Roberto Sánchez, quienes habían intentado frenar la candidatura del gobernador Osvaldo Jaldo a diputado nacional por el Frente Tucumán Primero en las elecciones generales del próximo 26 de octubre.
La objeción fue impulsada por Daniel Alberto Ponce y Patricio Rolando Vega, quienes argumentaron que la postulación del actual mandatario provincial estaba prohibida por el artículo 73 de la Constitución Nacional y calificaron la candidatura como “testimonial”.
El juez de primera instancia había rechazado la apelación inicial, lo que motivó la presentación de una queja ante la Cámara Nacional Electoral.
El tribunal, integrado por los jueces Daniel Bejas y Santiago Corcuera, entendió que las objeciones resultaban extemporáneas, ya que no habían sido planteadas en la etapa correspondiente al registro de candidaturas. Además, advirtieron que admitirlas en esta instancia podría generar retrasos en el cronograma electoral, incluso en la impresión y distribución de boletas.
En ese sentido, remarcaron que debe prevalecer el interés general del proceso electoral por sobre las impugnaciones individuales: “Frente al interés particular de quien impugna debe priorizarse el interés político general, que exige asegurar las condiciones para que el electorado pueda expresarse en tiempo propio”.
El juez Alberto Dalla Vía votó en disidencia. Consideró que el rechazo de la apelación por parte del juez de primera instancia no se ajustó a derecho y que el recurso debió haberse concedido. En su voto, destacó la misión de la justicia electoral de garantizar el “debido proceso electoral” como condición esencial de la democracia.
Con esta decisión, la candidatura de Osvaldo Jaldo queda firme, salvo que surjan nuevas impugnaciones en otra vía judicial. La resolución será notificada al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. /La Gaceta