Las causas por las que fue condenado MorenoLa primera causa juzgada pone el foco en la asamblea de accionistas de
Papel Prensa del 12 de agosto de 2010, en la que Moreno irrumpió con guantes de boxeo y casco de sparring, profiriendo presuntas amenazas que forzaron la suspensión de la votación. La causa fue impulsada por la Fiscalía 9 a cargo de Guillermo Marijuan, quien aseguró que “otra investigación llega a una condena”.
En 2022, el Tribunal Oral Federal 8 lo condenó a dos años de prisión en suspenso y seis meses de inhabilitación por amenazas coactivas, con un fallo de mayoría firmado por los jueces Nicolás Toselli y Sabrina Namer. La magistrada Gabriela López Iñíguez se pronunció por la absolución.
En el marco del juicio oral, que se desarrolló en formato remoto, Moreno brindó su descargo ante el tribunal: “Creo que la declaración indagatoria fue clara y pertinente y la exposición de mi abogado allanó el camino a una sabia decisión de ustedes. No tengo nada que agregar”.
La segunda causa remite a la compra de
cotillón con consignas
contra el Grupo Clarín, entre ellas la leyenda “Clarín miente”. El Tribunal Oral Federal 7 lo condenó en octubre de 2017 a dos años y seis meses de prisión en suspenso y a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, por el delito de peculado en concurso real con incitación a la violencia colectiva.
La condena fue ratificada por la Cámara Federal de Casación Penal en 2019, quedando ahora definitivamente firme tras el rechazo de los recursos de la defensa por parte de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. En esa causa también resultaron condenados Fabián Dragone y Guillermo Cosentino, exdirectivos del Mercado Central.
Tras la victoria libertaria en las elecciones del domingo, la Corte Suprema consideró “inadmisibles” los planteos de la defensa y aplicar el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, estableció el cierre definitivo del circuito judicial en ambos expedientes. El fallo también afecta a los otros condenados en las causas conexas, y refuerza el precedente de límites jurídicos a la utilización de recursos públicos con fines ajenos al interés estatal. /
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