Lunes 08 de Diciembre de 2025, 08:04
La discusión por la tracción a sangre volvió a ocupar el centro del debate político en Tucumán, esta vez por la falta de reglamentación de la ley 9.810, una norma vigente desde octubre de 2024 que prohíbe el uso de animales para tirar carros y otros vehículos de carga. Legisladores de la oposición advirtieron que, a más de un año de su sanción, el Poder Ejecutivo aún no avanzó con el marco reglamentario necesario para aplicar la prohibición en forma plena.
El planteo fue formalizado mediante un proyecto de resolución impulsado por el legislador
José Cano, del espacio Radicalismo Federal, acompañado por
Silvia Elías de Pérez, de Valores para Tucumán, y
Alfredo “Freddy” Toscano, de Compromiso Tucumán. En la iniciativa se insta al Ejecutivo provincial a dar “urgente trámite” a la reglamentación de la norma, sancionada por la Legislatura en abril de 2024, y se advierte que la omisión vulnera artículos expresos de la Constitución provincial, en particular los que establecen la obligación del Ejecutivo de reglamentar las leyes.
Cano sostuvo que la ley es el resultado de “un claro compromiso del Poder Legislativo con la lucha contra el maltrato animal” y que esa voluntad queda desnaturalizada si no existe una decisión política similar por parte del Ejecutivo para garantizar su puesta en práctica. En los fundamentos del proyecto, el parlamentario remarcó que la falta de reglamentación no sólo constituye un incumplimiento constitucional, sino que también refleja una ausencia de voluntad estatal para abordar una problemática social y ambiental grave.
Además, el legislador radical subrayó que las leyes sancionadas conforme a los procedimientos constitucionales se encuentran plenamente vigentes, aun cuando carezcan de reglamentación, y que corresponde a los jueces aplicarlas e interpretarlas para suplir eventuales vacíos. En ese sentido, afirmó que la omisión reglamentaria opera en los hechos como un “doble veto”, al bloquear la voluntad del Parlamento, mientras continúan registrándose casos de animales muertos o maltratados en la vía pública.
La ley 9.810 fue aprobada por una amplísima mayoría: obtuvo 48 votos a favor y una sola abstención. El dictamen que dio origen a la norma unificó proyectos de legisladores de distintos bloques, tanto de la oposición como del oficialismo, lo que reflejó un consenso político inusual en la materia. No obstante, su promulgación y numeración se concretaron recién seis meses después de la sanción, luego de reiterados pedidos para su publicación.
Desde la Casa de Gobierno habían admitido en aquel momento que la demora obedecía a las consecuencias sociales que podría generar la aplicación de la norma, dado que numerosas familias dependen de la tracción a sangre como medio de subsistencia. Esa tensión quedó expuesta cuando, tras la promulgación, decenas de carreros se movilizaron y reclamaron ante las autoridades provinciales, advirtiendo que los carros eran su única herramienta de trabajo y pidiendo alternativas reales para continuar generando ingresos.
La legislación prohíbe expresamente el uso de animales para el transporte de cargas, con excepciones puntuales para vehículos oficiales de fuerzas de seguridad y aquellos de valor histórico, cultural o folclórico, como los sulkys en Simoca o el uso de carros en zonas rurales. Mientras tanto, la falta de reglamentación mantiene abierta una controversia que combina derechos de los animales, políticas sociales y responsabilidades institucionales, y vuelve a tensar la relación entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo provincial.