Martes 16 de Diciembre de 2025, 07:53

PELIGRO. Apenas el 65 por ciento de los menores catamarqueños acceden a las vacunas del calendario oficial, pese a que el ideal es de 95 por ciento.
La caída a niveles históricamente bajos en las tasas de vacunación en niños, niñas y adolescentes encendió las alarmas ante la posibilidad de la re emergencia de enfermedades que ya estaban erradicadas del país como hepatitis A, tos convulsa, sarampión y la poliomielitis, poniendo en riesgo la protección comunitaria.
En Catamarca, pediatras y profesionales de diferentes ámbitos de la salud advirtieron sobre esta problemática señalando que el porcentaje de menores que cuentan con el Calendario Nacional de Vacunación al día es apenas cercano al 65%, cuando lo ideal es que supere el 95% para lograr la inmunidad de rebaño o comunitaria necesaria para evitar la rápida propagación de enfermedades contagiosas.
Según esta legislación, la responsabilidad de asegurar que los menores accedan a sus garantías y derechos (como el de la salud) es prioritariamente de la familia. “El padre y la madre tienen responsabilidades y obligaciones comunes e iguales en lo que respecta al cuidado, desarrollo y educación integral de sus hijos”, indica.
Si bien la ley rige desde 2013, hasta el momento no hay registros de que algún organismo del Estado provincial haya tomado medidas con padres, madres o cuidadores de menores que no hayan cumplido con la obligatoriedad de vacunar a sus hijos o hijas para asegurar la cobertura ante enfermedades contagiosas.
En estas mismas líneas, la Ley Nacional 27491 de Control de enfermedades prevenibles por vacunación hace referencia a la obligatoriedad de la aplicación de las vacunas previstas en el “Calendario Nacional de Vacunación, las recomendadas por la autoridad sanitaria para grupos en riesgo y las indicadas en una situación de emergencia epidemiológica”.
Además, hace referencia también a que “padres, tutores, curadores, guardadores, representantes legales o encargados de los niños, niñas, adolescentes o personas incapaces son responsables de la vacunación de las personas a su cargo”.Mendoza ya denunció a más de una decena de padres por incumplir.
En cuanto a las sanciones, la legislación nacional prevé que “el incumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 7°, 8°, 10 y 13 de la presente ley generará acciones de la autoridad sanitaria jurisdiccional correspondiente, tendientes a hacer efectiva la vacunación, que irán desde la notificación hasta la vacunación compulsiva”.
Mediante una nueva resolución, la provincia cuyana endureció los controles sobre las familias “antivacunas”, con esta medida los padres que se nieguen a cumplir con el calendario obligatorio tendrán un plazo de 30 días para regularizar la situación antes de ser denunciados y sancionados.
De esta manera, Mendoza se convirtió en la provincia de Argentina en recurrir a la vía judicial para exigir el cumplimiento del Calendario Nacional de Vacunación, lo que marca un precedente a nivel nacional. Esta iniciativa fue reglamentada en agosto y estableció el procedimiento y las sanciones para quienes incumplen con la vacunación obligatoria.
La sanción por omitir las vacunas obligatorias consiste en multas que oscilan entre los $84.000 y $336.000. Además, se contempla el arresto de cinco días o su equivalente en trabajo comunitario en centros asistenciales u hospitales públicos para menores de edad. /
El Ancasti
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