Punto por punto: cómo será el nuevo sistema laboral si se aprueba la reforma de Milei

Jueves 25 de Diciembre de 2025, 10:28





El ambicioso proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno Nacional busca reconfigurar los cimientos de la relación entre empleadores y trabajadores, introduciendo cambios profundos en la legislación que rige en el país desde hace décadas. Aunque la iniciativa obtuvo dictamen en el Senado, la falta de consenso con los bloques aliados obligó a postergar su debate parlamentario hasta el 10 de febrero de 2026, lo que frustró la intención original de la senadora Patricia Bullrich de sancionar la norma antes del cierre del año legislativo. Este escenario abre un compás de espera sobre una serie de modificaciones que pretenden modernizar, y a la vez flexibilizar, el mercado de trabajo argentino.

En lo que respecta a la jornada laboral, el proyecto introduce la figura del "banco de horas", un mecanismo que permite distribuir el tiempo de trabajo de manera flexible a lo largo del año. Mientras que la Ley de Contrato de Trabajo actual establece un límite de 8 horas diarias y obliga a pagar recargos del 50% o 100% por horas suplementarias, la nueva propuesta habilita jornadas de hasta 12 horas mediante acuerdos individuales o colectivos. Bajo este esquema, el empleador y el trabajador podrían pactar por escrito la compensación de horas extras con francos o descansos futuros, eliminando la obligatoriedad del pago en efectivo de dichos adicionales en ciertos contextos.

La estructura salarial también experimentaría una transformación significativa al permitir que las remuneraciones se cancelen tanto en moneda nacional como extranjera, además de habilitar oficialmente a las billeteras virtuales y otras instituciones financieras reguladas por el Banco Central como medios de pago válidos. Un cambio crítico en este apartado es la ampliación de los conceptos no remunerativos, lo que permitiría a las empresas otorgar beneficios como el pago de medicina prepaga, telefonía móvil o transporte sin que estos montos computen para el cálculo de aguinaldos o indemnizaciones. Asimismo, se promueven las negociaciones basadas en la productividad, un esquema que busca atar los aumentos salariales al rendimiento específico de cada sector o empresa.

El régimen de indemnizaciones por despido es quizás el punto más sensible de la reforma, ya que propone una reducción directa en el costo de salida para las empresas. El proyecto estipula que, para calcular la indemnización, solo se considerarán los ítems mensuales y habituales, excluyendo explícitamente el sueldo anual complementario, los premios y las vacaciones proporcionales que hoy integran la base del cálculo. Además de habilitar el pago de estas sumas en cuotas, el Gobierno propone reemplazar el sistema tradicional por un Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado con un aporte patronal del 3%, cuya caja sería administrada por la Comisión Nacional de Valores bajo la tutela estatal para cubrir los despidos del sector privado.

En cuanto a la organización de los descansos, la reforma otorga mayor libertad al empleador para administrar el período de vacaciones, reduciendo el plazo mínimo de notificación al trabajador de 45 a solo 30 días. Si bien se mantiene el período legal entre octubre y abril, se introduce la posibilidad de fraccionar los días de descanso en períodos no menores a una semana, siempre que exista un acuerdo entre las partes. Esta medida busca adaptar los recesos del personal a los ciclos productivos de las empresas, permitiendo una gestión más atomizada del tiempo libre de los empleados.

El control de las ausencias por enfermedad se vuelve más estricto y burocrático bajo la nueva normativa, ya que se exige la presentación obligatoria de certificados médicos digitales que detallen el diagnóstico, el tratamiento y la cantidad exacta de días de reposo. Actualmente, la ley solo obliga al trabajador a dar aviso y someterse al control de la empresa si esta lo requiere, pero el proyecto oficial eleva la vara de exigencia al requerir firmas electrónicas autorizadas y la validación a través de plataformas oficiales. Este cambio busca combatir el ausentismo, aunque plantea debates sobre el derecho a la privacidad del diagnóstico del trabajador.

Para el sector de los trabajadores de casas particulares, la reforma propone una extensión drástica del período de prueba, elevándolo de los 30 días actuales a un total de seis meses. La Secretaría de Trabajo sostiene que este mayor margen de evaluación incentivará la formalización de un sector con altos índices de precariedad, permitiendo a los empleadores rescindir el contrato sin causa ni indemnización durante un tiempo mucho más prolongado. Este punto es visto por los gremios del sector como una medida que fragiliza la estabilidad laboral de quienes ya se encuentran en una situación de vulnerabilidad.

El ejercicio del derecho a huelga sufriría restricciones sin precedentes mediante la ampliación de los llamados "servicios esenciales" y "trascendentes". Actividades como la educación, el transporte aéreo, la recolección de residuos y la producción de bienes industriales quedarían obligadas a garantizar una prestación mínima de entre el 50% y el 75% de sus servicios habituales en caso de conflicto gremial. Esta medida, que ya fue frenada anteriormente por la justicia por considerarse potencialmente inconstitucional frente al artículo 14 bis, busca neutralizar el poder de fuego de los paros generales y las asambleas sindicales en el lugar de trabajo.

La negociación colectiva también daría un giro hacia la descentralización, eliminando el concepto de "ultraactividad" que hoy permite que un convenio siga vigente hasta que se firme uno nuevo. Al caducar las cláusulas obligacionales, el Gobierno pretende que los acuerdos por empresa tengan prioridad sobre los acuerdos marco de los grandes gremios nacionales, fragmentando la negociación salarial y de condiciones de trabajo. Este esquema, similar al intentado durante los años 2000, busca que cada unidad productiva pacte sus propias reglas basándose en su realidad económica particular.

Finalmente, el proyecto ataca directamente el financiamiento de las organizaciones sindicales al suprimir la obligatoriedad de que las empresas actúen como agentes de retención de la cuota sindical. De aprobarse, el descuento automático de la afiliación en el recibo de sueldo requerirá una conformidad expresa y renovada del trabajador, eliminando también la "cuota solidaria" que hoy aportan quienes no están afiliados pero se benefician de las negociaciones colectivas. Este conjunto de medidas apunta a desfinanciar las cajas gremiales y a reducir la influencia política de los sindicatos en la estructura económica del país.