La grabó teniendo sexo sin su consentimiento y la Justicia le ordenó que borre el video

Miércoles 28 de Octubre de 2020, 05:46

Se conocieron en una red social y tuvieron relaciones mientras él la grababa. Como se negó a darle las imágenes se presentó en la justicia.



Se conocieron en una red social y comenzaron una relación.

Una noche, él le propuso vendarle los ojos y atarla.

A ella le pareció un juego sensual divertido y aceptó.

Cuando terminaron de tener sexo se dio cuenta que la había filmado sin su consentimiento.

Primero él lo negó pero luego lo aceptó.

A L.B., de 35 años, le dio miedo que en algún momento el video difunda y se presentó en la justicia.

Una jueza ordenó que él debe borrar el video con la certificación de un escribano y hacer un curso sobre violencia de género.

“Bajo distintas denominaciones (violencia de género digital, ciber violencia contra la mujer, e-violencia, etc), aparece cada vez más -si se quiere como forma novedosa de la violencia de género- y si bien tiene características propias no deja de reflejar jerarquía de poder entre agresor y su víctima, subordinación de la mujer y aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad como el caso en que se han tomado imágenes de un momento de intimidad sin consentimiento expreso de uno de los participantes”, sostuvo la jueza civil de la ciudad de Buenos Aires Mariana Fortuna en su resolución.

La magistrada consideró que la mujer estuvo bajo “violencia simbólica y mediática” ya que “en los últimos años puede encontrarse una nueva forma de violencia contra las mujeres relacionada con el alcance cada vez más amplio de internet, la rápida propagación de la información móvil, el uso generalizado de las redes sociales”.

Por eso, le ordenó al denunciado, un hombre de 45 años, que borre el video que grabó, que se lo de a la víctima y que asista “a un espacio de atención especializada contra la violencia de genero”.

La historia comenzó en marzo pasado cuando L.B. y G.P. -los nombres no serán revelados para no revictimizar a la mujer- se conocieron en la red social Badoo.

En abril se vieron personalmente y comenzaron una relación.

Se vieron principalmente en la casa de él donde tuvieron cenas, charlas y encuentros sexuales.

Todo cambió el 22 de mayo. Ese día él la invitó a su casa y le propuso atarle las manos y venderla.

Ella aceptó y después de tener sexo se dio cuenta que en una de las esquinas superiores de la pieza había una cámara go pro que enfocaba al lugar donde habían tenido relaciones, según relató L.B. en su presentación judicial.

Primero él negó que haya grabado pero después lo reconoció.

Ella explicó en la justicia que lo hizo sin su consentimiento y tiempo después, “cuando tomé valor para llamarlo", le pidió que le entregue el video.

En la denuncia explicó que lo hizo pero solo unas partes.

“A ella le causó terror que el video o las imágenes se difundan. Por eso le pedimos a la justicia que le ordene que borre el video, se lo entregue a ella y que se le prohíba difundirlo o mostrar sus imágenes por cualquier medio, ya sea portales de internet, plataformas digitales o que se lo mande a otras personas”, le explicó  Guadalupe Guerrero, abogada de L.B.

La jueza Fortuna aceptó el planteo.

La magistrada señaló que el caso debía analizarse “desde una mirada con perspectiva de género” y que la ley 26.485 de protección integral a las mujeres establece como violencia mediática a la “publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”.

Para la jueza la ley encuadra en el caso que se dio sin el consentimiento de la víctima.

“La denominada ciber violencia, o e violencia contra las mujeres es un problema creciente”, explicó citó al abogado e investigador en derecho informático y tecnología Hugo Vaninetti quién en distintos trabajos sostuvo que “las mujeres víctimas de la ciber violencia ni siquiera se sienten seguras entre las cuatro paredes de su hogar, pues la tecnología e internet se manifiestan omnipresente”.

“Esta modalidad expresa de violencia va adaptándose en su forma a la nueva realidad de las comunicaciones digitales que abarcan las redes sociales, la mensajería instantánea, entre otras y que afectan a la mujer en su integridad, en su salud, en su aspecto social, en su psiquis etc sintiendo que puede verse en un abrir y cerrar de ojos expuesta ante conocidos y desconocidos, pues el solo hecho de que un tercero posea un archivo de video donde ella es protagonista puede importar que el mismo de distribuirse importe para la nombrada una gravísimo perjuicio. Ello sin contar el temor potencial en cuanto a su eventual reproducción generándole un tipo de agresión o presión psicológica y moral que la afecta gravemente”, fundamentó la magistrada.

Para Guerrero el fallo sentará un precedente.

“La jueza tomó en cuenta que hay una relación de poder de desequilibrio porque se vulneró la privacidad de ella y hay una amenaza constante o extorsión sexual a que el video puede ser difundido. Hoy la digitalización es inmediata y no tenes forma de frenarlo. Es violencia simbólica porque la filmaron y cuando ella le pide borrarlo él lo ignora. Es importantísimo el tema del consentimiento. Y el fallo es ejemplar porque lo manda a que internalice que lo que hizo esta mal y a recapacitar sobre su conducta. Hay una mirada amplia de género. Es una amenaza constante sobre tu vulnerabilidad”, explicó.

La magistrada ordenó distintas medidas.

Le prohibió la difusión del video o de las imágenes por cualquier medio, le ordenó que le entregue el video a la mujer y “la total y absoluta destrucción incluso en la nube, sin que haya quedado almacenado en ningún tipo de sistema o soporte”.

Para eso le dio un plazo de 48 horas en el que deberá “acreditar fehacientemente, sea mediante la intervención de un escribano o similar la efectiva destrucción del video y la entrega del mismo a la accionante”. Si no lo hace le aplicará una multa de 300 mil pesos.

Y por último, la jueza Fortuna dispuso que por “la gravedad de los hechos” deberá hacer un curso sobre violencia de género “a efectos de modificar patrones de conducta y culturales en tanto los actos delegados no pueden ni deben tampoco ser tolerados". /Infobae