Jueves 24 de Junio de 2021, 14:45

El juez señaló que los poderes de la institución no están por encima de la libre expresión.
Una Corte Suprema en Estados Unidos determinó que una escuela no debe sancionar a una alumna que publicó insultos contra la institución en Snapchat. El fallo establece que los derechos de los estudiantes a la libertad de expresión superan el interés de la escuela en prevenir los discursos potencialmente perturbadores.La alumna Brandi Levy había publicado en la mencionada aplicación de mensajería una foto con la frase “a la mierda la escuela, el softball, al carajo, a la mierda todo”. La joven se había postulado para ser porrista universitaria y aquel fue su desahogo cuando no consiguió la vacante.
Tras divulgarse esa publicación, la institución emitió una suspensión de un año debido a que “blasfemó acerca de una actividad extracurricular” en las redes sociales. Esa determinación deberá quedar sin efecto tras el dictamen del juez Stephen Breyer, que confirmó una deliberación previa de una corte de apelaciones.
El representante de la justicia remarcó la relevancia de ciertos detalles en el accionar de la alumna. Por un lado, que su foto y su mensaje fueron enviados a un círculo privado de amigos y compañeros de estudios. Además, que no identificó la escuela en forma específica ni se dirigió a ningún estudiante en particular.
Libre expresión“Si bien las escuelas pueden tener un interés especial en regular algunos discursos de los estudiantes fuera del campus, (su poder) no es suficiente para superar la libre expresión en este caso”, se lee en el fallo. En ese orden, se indica que el mensaje fue publicado fuera del horario escolar y que el discurso de Levy (en caso de ser adulta) estaría protegido por la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos.El dictamen señala, además, que la entidad no actúa en forma unívoca en estos casos. Al respecto se indica que aunque la escuela tomó medidas enérgicas por el uso de lenguaje vulgar en las redes sociales, no hay evidencia de que castigue a estudiantes cuando insultan fuera de las aulas.
El antecedenteSiguiendo el repaso del sitio The Verge, un caso ocurrido en el Distrito Escolar de la Comunidad de Des Moines, en Iowa, estableció que las escuelas en Estados Unidos pueden penalizar los discursos dentro de sus instalaciones que vayan en contra de las normas de disciplina, incluso si esas expresiones están protegidas por la Primera Enmienda.Pero ese estándar no es del todo claro cuando esos discursos ocurren en otros ámbitos (incluso si refieren a la institución, como ocurrió en el caso de Levy) y es especialmente difuso cuando se trata de redes sociales.
En ese orden, el juez Bayer señaló que las escuelas pueden sancionar a sus alumnos cuando las manifestaciones fuera de la institución incluyen acoso o intimidación. Por otra parte, el fallo contempla que el aumento del aprendizaje online, consecuencia de la pandemia, complicó este panorama.
El juez Clarence Thomas fue el único que votó en contra. Dijo que las escuelas deberían tener más autoridad “para disciplinar a los estudiantes que transmiten discursos a través de las redes sociales”. /
TN
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