La Justicia suspendió la reforma laboral incluida dentro del mega DNU de Javier Milei que rechazaba la CGT

Miércoles 03 de Enero de 2024, 14:40

La medida cautelar de la Cámara Nacional del Trabajo le dio la razón a un pedido de la CGT. El resto de las normativas incluidas en el decreto siguen vigentes.



La Justicia suspendió este miércoles los cambios laborales planteados en el mega DNU de Javier Milei, tras el planteo realizado por la CGT.

Se trata del capítulo 4 del decreto de necesidad y urgencia que planteaba reforrmas que despertaron rechazo en la central obrera.

"Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados", decidieron los jueces en el marco del expediente inaugurado a partir de una presentación de la CGT.

Uno de los aspectos del DNU más cuestionados por la CGT contempla la ampliación del período de prueba hasta los 8 meses, la incorporación de los bloqueos o tomas de establecimientos como causa de despido y cambios en el sistema de indemnizaciones.

Con los votos de los jueces Alejandro Sudera y Andréa García Vior, el tribunal de feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió dictar "una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados".

Por su parte, la jueza Dora González había propuesto remitir "las actuaciones a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal".

Entre los argumentos que esgrimió para suspender la aplicación del la reforma laboral que impulsa Milei en el DNU, Sudera advierte que "los propios considerandos de dicho DNyU traducen -al menos en lo que respecta a la materia laboral- que no se evidenciaría objetivamente la ’necesidad’ de adoptar tan numerosas medidas".

En esa línea, agrega: "Lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizorarían las que se alegan constituyan razones de ’urgencia’ para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo".

En el mismo sentido, advierte el magistrado que "no se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal, máxime cuando el propio decreto reconoce que se encuentra estancada hace 12 años, lo que impide -en principio- considerar la irrupción de alguna circunstancia súbita, imprevisible o de extrema ’excepcionalidad’".

La jueza García se limitó a señalar que adhiere "por análogos argumentos" al voto de Sudera y ratificó el dictado de la medida cautelar. /Clarín