Comienza a regir la prohibición de incluir tasas e impuestos en las boletas de servicios públicos

Viernes 11 de Octubre de 2024, 12:35

La resolución 267/24 emitida el 10 de septiembre por la Secretaría de Comercio e Industria, concedía un plazo de 30 días a las compañías de servicios públicos y vendedoras de productos para ajustar la facturación. Ese plazo expiró hoy



Desde hoy, las facturas y recibos no podrán contener cargos distintos a los bienes y servicios adquiridos, lo que significa que no se permitirá la inclusión de otros costos como tasas e impuestos. Incluye a las compañías de servicios públicos a nivel nacional y a los que venden productos. Únicamente podrán añadir en sus facturas la descripción y el costo asociado al servicio.

De esta manera, la resolución 267/24 emitida por la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, publicada el 10 de septiembre, concedía a las compañías un periodo de 30 días para ajustar el modelo de facturación.

Si se produce un incumplimiento, los consumidores tienen la posibilidad de reportar las anomalías mediante el correo electrónico denunciatufactura@comercio.gob.ar. Las compañías que no respeten la legislación podrán ser penalizadas conforme a las sanciones establecidas en la Ley No 24.240 y sus ediciones modificadas de Defensa del Consumidor y las regulaciones vigentes. Entre las posibles penalizaciones se incluyen la apertura de un expediente administrativo y la implementación de multas.

El artículo 4 de la mencionada ley establece que los proveedores de bienes y servicios tienen la obligación de proporcionar al consumidor de manera precisa, clara y exhaustiva todo lo concerniente a las características fundamentales de los bienes y servicios que suministran, así como las condiciones de su venta. El artículo 8 bis de la legislación requiere que los proveedores brinden un trato digno y justo a los clientes.

Según precisó la Secretaría en un comunicado, “los derechos de los consumidores tienen status constitucional. El artículo 42 de la Constitución Nacional establece que los consumidores de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información fehaciente y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno, debiendo las autoridades proveer a la protección de esos derechos”.

La resolución 267/24 de Industria y Comercio se complementa con las resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) publicadas esta semana, en las que se prohíbe incluir en las facturas conceptos ajenos a los servicios prestados.

La resolución de la Secretaría de Industria y Comercio se produce en respuesta a las constantes reclamaciones públicas acerca de municipios y gobiernos provinciales que aplican tasas e impuestos locales que no están relacionados con la facturación de servicios básicos.

La acción fue apoyada por agrupaciones de consumidores a nivel nacional que expresaron la urgencia de poner fin a estos pagos injustificados, que incrementan el valor total de la factura.

Por otro lado, fue el método que el Gobierno encontró para dificultar el cobro de estas tasas por los municipios, quienes lo realizan de tal forma (acuerdo con las compañías de servicios públicos) con el fin de obtener mejores resultados. El sector privado, en particular supermercados y bancos, venían poniendo en gran medida en duda la implementación de tasas crecientes en diversas jurisdicciones del Gran Buenos Aires y de otras provincias, dado que en numerosas situaciones no ofrecen compensación y provocan una presión fiscal creciente que perjudica la rentabilidad de los diferentes negocios.

Si bien era un tema que estos sectores venían charlando con el ministro de Economía, Luis Caputo, la decisión del intendente de Lanús, Julián Alvarez, de elevar la Tasa de Seguridad e Higiene (TSH) del 2,3% al 6% para cuatro hipermercados fue el disparador para que finalmente el Ejecutivo decida actuar. Ir por la vía judicial es una posibilidad, pero no tan sencilla, por lo que la medida que rige desde hoy fue una forma de complicarles más a los municipios la cobranza de estas tasas. /Infobae