Jueves 22 de Mayo de 2025, 18:57

Colegio de Abogados de Tucumán.
El Colegio de Abogados mantendrá su postura de no permitir la matriculación de abogados que se hayan acogido al régimen de retiro voluntario del Poder Judicial. Así lo aseguró el presidente de la entidad, Alberto López Domínguez, quien advirtió que la decisión responde únicamente a una cuestión legal, y que no tiene nada que ver con la solicitud que hicieron quienes pidieron el retiro.
El Colegio ya había emitido dictamen al respecto, con dos votos por la negativa, firmada por José Emanuel Sánchez Martínez y Luis Rodolfo Martínez y un tercero, para que se acepte la solicitud, con la firma del vicepresidente Martín Lucio Terán.
López Domínguez señaló que
"el Colegio tiene una posición de no matricular personas que estén adheridas al retiro voluntario. Ni ahora ni nunca. Eso va en contra de la ley 5233, que es la ley de fundación del Colegio. Lo dice expresamente.
No pueden ser matriculadas las personas que forman parte del Poder Judicial. Y con el retiro voluntario, las personas que se adhieren a eso siguen formando parte del Poder Judicial.
"El día que estaban tomando juramento, el Consejo Directivo, en reunión extraordinaria, declaró la nulidad de esa matriculación. Uno respeta todas las posiciones, pero se votó y se decidió. Entonces, la única solución en todo caso sería que ellos, más que un retiro voluntario, directamente renuncien a su postura dentro del Poder Judicial. Si renuncian es una situación totalmente distinta. Pero hoy forman parte del Poder Judicial", sostuvo.
Explicó que el retiro voluntario puede tener una vigencia de dos años o de cuatro años. "Cuando dejan, tienen la opción de reintegrarse a su función en el Poder Judicial. Cobran el 70% de su sueldo. Están sujetos a cuestiones disciplinarias del Poder Judicial. Esto no es una cuestión voluntarista o subjetiva, es una posición legal".
"A nosotros, que tenemos el control de la matrícula en Tucumán, nos corresponde también defender a nuestros matriculados. Eso lo dice expresamente también nuestra ley, la 5233, que dice que no se pueden matricular personas que sean magistrados, funcionarios ni empleados judiciales. Ellos no podrán ejercer la profesión de abogado por incompatibilidad", manifestó López Domínguez.
"En el caso de jubilarse del Poder Judicial, pueden ejercer la abogacía un año después de acogerse a esta", apuntó.
El caso quedó en manos de la Cámara Contencioso Administrativa
La Corte Suprema de Justicia dejó en manos de la Cámara Contencioso Administrativa el pedido que hizo una abogada, que se había acogido al retiro voluntario, que juró ante el Alto Tribunal y a la que se le negó la matrícula, acerca de que se le permitiera ejercer la profesión. La letrada había hecho una presentación administrativa ante la Corte y posteriormente presentó un amparo ante la Cámara para que se resuelva su situación. Ante esto, y con la firma del presidente de la Corte, Daniel Leiva, se ordenó que el primer expediente se reserve hasta tanto haya una resolución en la instancia inferior. /
La Gaceta
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