Hay
un cuadro sinóptico lleno de colores, que de colorido no tiene nada,
entre las más de 400 fojas de la resolución judicial que hace una semana
procesó formalmente a Ariel García Furfaro y a otras 12 personas
relacionadas a los laboratorios HLB y Ramallo. Detalla la “foto” de las
muertes por fentanilo contaminado, al momento de emitirse esa
resolución. La novedad: el número es un 29% mayor de lo considerado hasta ahora.
Las cifras que se manejaron en los casi cinco meses que
lleva abierta esta causa fueron muchas. Todo empezó con menos de diez
muertes de pacientes críticos del Hospital Italiano de la Plata que
habían recibido ampollas del potente opiáceo, y los nombres de muertes
relacionadas a esa droga se fueron apilando. Apilando en un gerundio
interminable que aun al cierre de estas líneas continúa en construcción,
detalla el dictamen judicial. No obstante, la cifra no cerrada ya no
habla de 96 presuntos fallecidos ni de 127 víctimas, entre fallecidos y
no fallecidos (o 122, como vinieron diciendo algunos medios). Dice que
las muertes son 124.
Jurisdiccionalmente, es 1 de la ciudad de Buenos Aires, 54 de la provincia de Buenos Aires, 59 de Santa Fe, 3 de Formosa y, llamativamente (como reportó Clarín) sólo 7 de Córdoba, a pesar de ser la segunda provincia que más ampollas contaminadas utilizó en pacientes internados, después de Santa Fe.
En todos los casos, la última celda del cuadro sinóptico utiliza una expresión que, para dimensionar el inquietante tamaño de este drama, debe despojarse de su costado matemático: "Total parcial".
La cifra es dinámica porque involucra una mayoría de fallecimientos pendientes de ser peritados por el Cuerpo Médico Forense. Por eso el dictamen en el que el juez Ernesto Kreplak (a cargo de la causa que tramita en el Juzgado Federal Nº3 de La Plata) procesó y embargó los bienes de García Furfaro hasta cubrir la suma de un billón de pesos ($ 1.000.000.000.000), además de procesar (con y sin prisión preventiva, según el caso) a otra docena de personas, habla, a la vez, de sólo 20 muertes.
La cifra definitiva de muertes
Junto
al cuadro sinóptico con colores según la provincia, el texto judicial
ofrece una dedicada explicación que se demora en el criterio utilizado
para hablar de 20 y de 124 muertes al mismo tiempo. Pero también señala,
y no es menor, el punto ciego que tuvo, tiene y tendrá esa cifra. La
califica como no definitiva porque es “un trabajo en proceso”.
Dice
que “corresponde aquí aclarar, pese a lo que esto implica, que muchos
de los pacientes sobre los que el juzgado trabaja podrían eventualmente
considerarse excluidos del fenómeno investigado por la lamentable
ausencia o falta de conservación hospitalaria de los elementos
necesarios para su evaluación técnica. Esta circunstancia podría a su
vez impactar negativamente en la declaración final de víctimas, sean o
no fatales”.
En
este sentido, agrega, “se ha adoptado un criterio de valoración
jurídica de la prueba que no se limita simplemente a la existencia o no
de fundamentos científicos o clínicos para considerar probada la relación del caso con el fenómeno investigado,
sino que, sobre la base de la sana crítica racional, se pondera la
totalidad de los elementos probatorios útiles disponibles para arribar a
la conclusión correspondiente”.
Bajado
al llano, el juez parece sugerir que no puede desestimarse el sentido
común en este causa, y que esto va más allá de lo estrictamente
científico, siempre que haya pruebas de que un paciente -aunque hubiera
estado enfermo- murió tras recibir fentanilo contaminado con bacterias
resistentes a los antibióticos, cuando en un escenario distinto quizás
hubiera sobrevivido.
En
una alusión que, entre líneas, quizás se refiera a Córdoba
(administraron 10.000 ampollas contaminadas, pero reportaron 7 muertes,
cuando la provincia de Buenos Aires administró casi 7.000 ampollas, pero
notificó 54 fallecimientos), el texto detalla qué entiende por un
trabajo “en proceso”.
“Implica
que muchos hospitales no han reportado víctimas aunque se ha
determinado que administraron cantidades significativas de ampollas
adulteradas a pacientes. En esos casos, se está trabajando
minuciosamente en la investigación de las historias clínicas para
determinar las previsibles afectaciones de pacientes no detectadas aun,
de acuerdo con los mecanismos y criterios ya explicitados”, subraya.
En
cuanto a los sobrevivientes del fentanilo, el escrito aclara que, “no
se habrán de consignar todavía las víctimas no fatales, que al momento
de emisión de esta resolución, no alcanzan todavía un grado de
desarrollo mínimamente suficiente”.
Al
cierre de estas líneas, aunque la defensa de Ariel García Furfaro había
pedido una prórroga del plazo para apelar, otros de los procesados
habían usado su derecho a hacerlo. Deberá decidir la sala 3 de la Cámara
de Apelaciones de La Plata.
Lo mismo, pudo confirmar este medio, sobre el recurso al que adhirió la Defensoría de la Víctima por dos de los cuatro imputados en los que el juez decidió dictar “falta de mérito”.
Objetaron
la libertad del accionista y presidente de Laboratorios Ramallo S.A,
Horacio Antonio Tallarico, y también, la de Damián García Furfaro, uno
de los dos hermanos de Ariel, quien hasta hace días estuvo detenido. /Clarín