Jueves 11 de Diciembre de 2025, 14:12

El texto oficial incorpora modificaciones para impulsar una reducción de la carga tributaria.
El proyecto de reforma laboral incluye una serie de cambios en las leyes tributarias. Las principales modificaciones abarca al Impuesto a las Ganancias, IVA y otros referidos a los servicios de telefonía.El texto oficial fue enviado por el presidente
Javier Milei este jueves al Senado y será tratado en sesiones extraordinarias.Desde el Gobierno sostuvieron que es
“la transformación más grande de la historia argentina” en legislación laboral.
Reforma laboral: cuáles son los cambios tributarios que propone el proyecto del Gobierno
La reforma laboral incluye modificaciones en impuestos clave para los consumos e ingresos de las personas. Algunos de ellos son:
Excepción del Impuesto a las Ganancias
El artículo 188 determina que las ganancias derivadas del alquiler de inmuebles destinados a casa-habitación quedan exentas desde el 1° de enero de 2026.
La compraventa de bonos, acciones, obligaciones negociables, FCI y Cedear, que operen o no en mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV) no estarán alcanzados por Ganancias. No aplica a los criptoactivos o monedas digitales.
Reducción de Ganancias para empresas
El proyecto establece la baja de las alícuotas del tributo para empresas. Así, para las sociedades el tramo del 30% pasará al 27% y el del 35% al 31,5% desde el próximo año, según indica el artículo 191.

Reforma laboral: cuáles son los cambios tributarios que propone el proyecto del Gobierno. Impuesto al valor agregado (IVA) para el agro
El artículo 185 del proyecto de ley establece la exención del IVA a la energía eléctrica utilizada en sistemas y equipos de riego para el sector agroindustrial.
Quita de impuestos internos
Se deroga la Ley de Impuestos Internos 24.674 que abarca los rubros de seguros; los servicios de telefonía celular y satelital; objetos suntuarios; automóviles y motores; embarcaciones de recreo o deportes y aeronaves.
Implica que estas categorías dejarán de tributar el adicional del impuesto interno. Lo indica el artículo 192.
Esta medida se aplicaría un mes después de la entrada en vigencia de la ley, siempre y cuando el Congreso sancione la normativa. /
TN
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