Dejó el WhatsApp abierto en su oficina, el jefe leyó los mensajes y la echaron

Jueves 29 de Agosto de 2024, 14:09

La empleada lo demandó por haber violado su privacidad revisando los chats y ahora tendrán que pagarle una indemnización.



Una mujer vendía productos de su emprendimiento a través de WhatsApp en horario laboral, su jefe la descubrió y la echó. Sin embargo, ella terminando demandando a la empresa por un particular motivo: en la denuncia argumentó que su superior le había revisado las conversaciones personales y había violado su privacidad.

El hecho ocurrió en Perú. La empleada se olvidó el WhatsApp abierto en la oficina y el jefe aprovechó la ocasión para investigar en sus chats
. Después de confirmar que había estado realizando otra actividad durante su jornada, tomó la drástica decisión de desvincularla, pero jamás imaginó la complicación legal que tendría que afrontar después.

Si bien la mujer había estado incumpliendo el reglamento de la empresa, las pruebas que recolectó el jefe para despedirla con argumentos, implicaron una violación a la privacidad. Por lo que todo quedó en manos de la Justicia.

En primera instancia, el juez rechazó la demanda presentada por la mujer, ya que consideró que el empleador estaba habilitado a revisar las computadoras que eran propiedad de su empresa. Asimismo, argumentó que el despido era válido, ya que la empleada había transgredido las reglas de su contrato de trabajo.

La empleada se olvidó WhatsApp web abierto en la computadora de la oficina. (Foto: Ilustrativa/Pexels)
La empleada se olvidó WhatsApp web abierto en la computadora de la oficina.

La mujer no se conformó con la resolución y en segunda instancia fue en la Corte Superior de Justicia de Junín (Perú). Allí, se consideró su posición y tomaron en cuenta su recurso de apelación. Según informaron desde Meganoticias, las autoridades judiciales dictaminaron que el despido vulneró el derecho que tiene toda persona a que sus comunicaciones y documentos privados sean adecuadamente protegidos.

El fallo judicial estableció que “el medio probatorio usado por la demandada (el empleador), que accede al contenido de la comunicación privada (de WhatsApp) de la demandante con terceros, al extraerlos sin su consentimiento ni autorización judicial, vulnera la Constitución Política del Perú”.

Por lo que las conversaciones presentadas por el empleador fueron consideradas como “pruebas prohibidas” y, por lo tanto, no son válidas para justificar el despido de la mujer. Finalmente, la empleada terminó saliendo favorecida del conflicto con su jefe, por que en conclusión, quién estuvo en falta fue él por haber revisado sus conversaciones personales y privadas. /TN