Lunes 28 de Abril de 2025, 06:34

SENTENCIA. La condena contempló un contexto de violencia de género, psicológica y sexual ejercida por el condenado contra su hija.
En un caso que ha resonado en la comunidad, un hombre ha sido condenado a 12 años de prisión tras ser hallado culpable de abusar de la hija de su pareja durante un periodo de siete años.
La denuncia, que emergió en el contexto de una causa más amplia sobre violencia de género, reveló un patrón alarmante de conductas abusivas tanto físicas como psicológicas.
l acusado, identificado como Diego Rubén Lazarte, había ejercido violencia no solo sobre su pareja, sino también sobre otros dos hijos menores de edad.
Las pruebas presentadas durante el juicio indicaron que el abuso a la hijastra comenzó cuando ella tenía apenas 11 años y se extendió hasta los 17.
Inicialmente, la causa fue calificada como abuso sexual simple, pero en el transcurso del proceso, la calificación fue elevada a “abuso sexual agravado con acceso carnal”, teniendo en cuenta factores como la convivencia y la relación de autoridad entre el acusado y la víctima, además del contexto de violencia de género.
Durante la fase de investigación, la jueza de Familia, Karina Lezcano de Franchesco, había dictado una medida de alejamiento que prohibía al acusado acercarse a la joven y su familia.
Esta decisión se tomó en respuesta a la gravedad de las alegaciones y la necesidad de proteger a la víctima.
En las audiencias, la joven, ahora de 25 años, ofreció un testimonio desgarrador sobre los abusos sufridos, lo que contribuyó a cimentar la acusación contra Lazarte.
Un elemento significativo del juicio fue la presentación de un mensaje de WhatsApp enviado por el acusado a la víctima, donde amenazaba con visitarla.
Lazarte se defendió argumentando que estaba bajo los efectos del alcohol y que nunca habría cometido tales actos. Sin embargo, los relatos de la joven sobre el abuso y los trastornos que este le había causado a ella y a su familia fueron decisivos.
Al momento de los alegatos, la fiscal Estela Giffoniello solicitó una pena de 12 años de prisión, mientras que el abogado querellante, Gustavo Carlino, abogó por la máxima pena de 20 años.
Por su parte, los defensores del acusado pidieron su absolución, argumentando que los actos denunciados no se habrían concretado.
La jueza Stella Maris Arce, quien actuó como tribunal unipersonal, desestimó las solicitudes de nulidad presentadas por la defensa y decidió condenar a Lazarte a 12 años de prisión por los delitos de abuso sexual con acceso carnal.
Además, se estableció una prisión preventiva hasta que la sentencia sea firme o por un periodo de seis meses, lo que ocurriera primero. Un aspecto adicional del caso fue la mención de un disco rígido encontrado durante la investigación, que contenía miles de imágenes pornográficas de menores.
Esto ha llevado a la jueza a ordenar la apertura de una nueva investigación por la posible comisión de delitos relacionados con la producción y publicación de tales imágenes, de acuerdo con el Código Penal argentino.
El abogado Carlino expresó que esta condena representa un paso significativo en la lucha contra el abuso sexual infantil y en la protección de las víctimas en situaciones de vulnerabilidad.
La sentencia no solo busca hacer justicia en este caso particular, sino también enviar un mensaje claro sobre la intolerancia hacia el abuso y la importancia de proteger a los más vulnerables en la sociedad.
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