Sábado 03 de Mayo de 2025, 08:02

FALLO FAVORABLE. La UTE que ganó la reciente licitación tiene el aval legal para hacerse cargo del traslado y tratamiento final de la basura.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Tucumán rechazó la medida cautelar presentada por la empresa Moviser SA, que buscaba frenar el traspaso del servicio de disposición final de residuos urbanos en el Gran San Miguel de Tucumán a una nueva prestataria. Con este fallo, se consolidó la adjudicación del contrato a la unión transitoria de empresas (UTE) conformada por Esur SA y Ciageser SA, en el marco del proceso de licitación impulsado por el Consorcio Metropolitano Girsu.La decisión judicial, firmada por la jueza
María Florencia Casas de la Sala I, marcó un giro determinante en el conflicto, al considerar que no se cumplían los requisitos de verosimilitud del derecho exigidos para dictar una cautelar de no innovar. Así, la nueva gestión de residuos sólidos urbanos en las plantas de San Felipe y Overo Pozo quedó ratificada.
El conflicto legal se originó tras la adjudicación del contrato por $68.142 millones a la UTE Esur-Ciageser por un período de 60 meses. La otra oferta, de Moviser SA, alcanzaba los $103.968 millones. La empresa saliente, que venía prestando el servicio desde hace 13 años, alegó múltiples irregularidades en el proceso, incluyendo supuestas violaciones a las bases licitatorias y garantías constitucionales.
El 14 de abril, Moviser presentó su demanda con el objetivo de anular la resolución 1/25 del Girsu, que oficializaba la adjudicación. Sin embargo, el fallo judicial desestimó los principales argumentos de la compañía.
Entre las objeciones de Moviser figuraba que Gastón Iturrieta, representante de la nueva UTE, no tendría atribuciones legales para suscribir la oferta. La jueza Casas concluyó que los documentos presentados acreditaban representación suficiente, al menos en esta etapa del proceso.Tampoco prosperaron los cuestionamientos sobre supuestas falencias administrativas, como la falta de inscripción de la UTE en el Registro Público de Comercio —trámite en curso, según consta en el fallo— o la ausencia de constancia del pago del Impuesto de Sellos correspondiente al seguro de caución.
Casas citó doctrina legal para argumentar que la apariencia de derecho reclamada en este tipo de medidas precautorias no se encontraba acreditada de forma idónea. En ese sentido, sostuvo que los planteos realizados por la firma demandante no descartaban que se tratara de una pretensión "temeraria o muy cuestionable", lo que terminó desactivando el pedido cautelar.
El fallo despeja el camino para que la UTE Esur-Ciageser, perteneciente al grupo que administra la firma 9 de Julio, continúe operando las plantas clave del sistema Girsu del Gran San Miguel de Tucumán, tras la finalización formal del contrato con Moviser el 30 de abril.
Este nuevo escenario se enmarca en un contexto donde la gestión de residuos y la eficiencia de los contratos públicos están bajo la lupa, tanto en términos económicos como ambientales. Por ahora, la Justicia tucumana convalidó la legalidad del proceso licitatorio, aunque la sentencia de fondo aún está pendiente y podría definir responsabilidades a futuro.
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