Miércoles 21 de Mayo de 2025, 18:06
A través del decreto de necesidad y urgencia 340/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial, el gobierno de Javier Milei limita el derecho a huelga y amplía las actividades consideradas esenciales. Es decir, las actividades que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en conflicto.
Según el nuevo decreto, se considerarán a partir de ahora servicios esenciales:
-El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial.
-La aeronáutica comercial y el control de tráfico portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios.
-Los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior.
-El transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin.
-La producción, transporte y distribución de gas y otros combustibles.
Se suman a los que ya estaban incluidos, que hoy fueron enumerados, con un mayor alcance, por el nuevo decreto:
-Los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos.
-Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales.
-El control de tráfico aéreo.
-La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable y energía eléctrica.
“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, dice el artículo 3 del decreto de Milei, que precisa: “En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”.
La medida, que está enmarcada en una serie de desregulaciones en el sector de la marina mercante, lleva además de la firma de Milei, la adhesión de los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Iván Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Adolfo Sturzenegger (Desregulación del Estado).
El Gobierno incluyó al transporte aerocomercial entre los sectores esenciales que no podrán paralizar tareas
Estas modificaciones estaban previstas en el capítulo 4 del DNU 70/23 que fue suspendido en la Justicia con un fallo de segunda instancia y que está pendiente a una definición de la Corte Suprema.
El abogado laboralista Matías Cremonte, titular de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, expresó su rechazo a la normativa a través de las redes sociales. “
Se prohíbe hacer huelgas”, señalo el exasesor laboral del gremio estatal de ATE. Y agregó: “
La legislación argentina, hasta esta ilegal modificación, siguiendo a la OIT [Organización Internacional del Trabajo] sólo consideraba esencial a los servicios cuya interrupción pueda poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de la población. Tiene una finalidad concreta, que no es prohibir la huelga”.
“El derecho de huelga bajo amenaza. Con la excusa de regular la actividad de la marina mercante (DNU 340/25) el gobierno intenta reponer el artículo del DNU 70/23 que limita el ejercicio de huelga para casi todos los trabajadores del país”, expresó Luis Campos, abogado laboralista y director del Observatorio del Derecho Social de la CTA Autónoma.
La izquierda también rechazó la medida. La diputada nacional Vanina Biasi, recientemente elegida legisladora porteña, llamó a las centrales obreras a unirse y convocar a un paro general.
El secretario de Trabajo de la Nación, Julio Cordero, que depende de Capital Humano, evitó dar una respuesta a LA NACION sobre la normativa.
Manuel Adorni, vocero presidencial, no supo responder los alcances de la medida y se limitó a decir que “nada estará fuera de la ley”. Adorni se refirió a otra normativa que también involucra a los sindicatos y es la que refiere a que el Estado, a través de la Secretaría de Trabajo, se involucrará en la vida interna de los gremios solamente en caso de acefalía.
Qué dice la ley
Hasta hoy, las actividades esenciales, según la ley, son: los servicios sanitarios y hospitalarios; la producción y distribución de agua potable y energía eléctrica; los servicios telefónicos y el control de tráfico aéreo.Paritaria docente
En otro decreto, el gobierno nacional oficializó la eliminación de la participación directa del Estado en las negociaciones salariales docentes a nivel federal. A través de la normativa 341/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial,
se modificó el esquema previsto por la ley para dejar en manos del Consejo Federal de Educación y de los sindicatos con representación nacional el acuerdo sobre condiciones laborales, calendario escolar, salario mínimo y carrera docente. La Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano ya no formará parte de la mesa paritaria y solo podrá intervenir si existen objeciones presupuestarias una vez alcanzado el convenio.
El secretario de Educación, Carlos Torrendell
La medida implica un giro en el rol del Estado nacional en el sistema educativo. La decisión se fundamenta en la transferencia previa de los servicios educativos a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que son consideradas las empleadoras naturales de los docentes en cada jurisdicción.
Según la norma, el Consejo Federal de Educación -que nuclea a los ministros del área de las 24 jurisdicciones del país- será el encargado de negociar directamente con los gremios. La Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano solo participará de forma posterior, revisando la viabilidad fiscal de lo pactado. En caso de que el acuerdo no pueda aplicarse por limitaciones presupuestarias, podrá rechazarlo y solicitar una nueva propuesta. /
La Nación