Miércoles 04 de Junio de 2025, 22:50

Luego de conocerse irregularidades en el loteo y algunos casos de usurpación, la Dirección de Flora, Fauna Silvestre y Suelos emitió una resolución que prohíbe toda actividad de urbanización.
La Provincia endurece las restricciones en La Quebradita con el afán de poner orden y resguardar el ecosistema, el patrimonio natural y cultural, y los recursos hídricos. Luego de conocerse irregularidades en el loteo y algunos casos de usurpación, la Dirección de Flora, Fauna Silvestre y Suelos emitió una resolución que prohíbe toda actividad de urbanización, comercialización, instalación de servicios públicos y apertura de calles sin autorización previa.
La Resolución N° 89 de Flora y Fauna, de fecha del 12 de mayo, fue publicada ayer en el Boletín Oficial.
El documento restringe cualquier forma de urbanización, fraccionamiento o intervención que modifique el estado natural del terreno ubicado en Tafí del Valle. Detalla que el predio en cuestión se encuentra bajo la categoría de máxima protección ambiental y forma parte del Área Natural Protegida de la provincia, lo cual impone estrictas restricciones al uso del suelo y a la presencia humana.
Amenazas concretas
La Dirección fundamentó su decisión en múltiples factores ecológicos, legales e históricos. En primer lugar, se subraya que el área posee una riqueza singular en flora y fauna autóctona, paisajes únicos y reservas hídricas vitales. Se indicó también que La Quebradita es parte de un ecosistema frágil cuya alteración podría desencadenar procesos de degradación irreversibles, como erosión del suelo, salinización, fragmentación del hábitat y pérdida de biodiversidad y la afectación de posibles sitios arqueológicos, entre otras cuestiones.
La disposición establece que
cualquier intento de subdividir, vender, urbanizar o introducir servicios en el predio sin la autorización previa de la autoridad ambiental será considerado ilegal. Además, se instruye a organismos provinciales como la Municipalidad de Tafí del Valle, la Dirección General de Catastro, el Registro Inmobiliario, el Ente Regulador de Servicios Públicos y el Ente Cultural a abstenerse de habilitar obras o inscripciones relacionadas con el predio. Se advirtió que el incumplimiento de la normativa podría derivar en sanciones administrativas, civiles y penales, además de acciones preventivas para proteger la zona.
La repartición que conduce Juan Carlos Parajón señaló en el escrito que existe un amplio marco legal que abarca desde la Constitución Nacional y Provincial hasta la Ley General del Ambiente (N° 25.675), la Ley Provincial N° 6.292 de Recursos Naturales Renovables y Áreas Naturales Protegidas, y la Ley N° 7.801 que creó el sistema provincial de Áreas Naturales Protegidas.
El predio de La Quebradita fue declarado de utilidad pública en 1940 mediante la Ley N° 1.829, con el objetivo de formar una villa veraniega. Parte del terreno fue donado por particulares, y otra fracción fue expropiada al entonces propietario Ángel Miguel Estévez. En 1942, el urbanista Carlos María della Paolera fue contratado para diseñar el proyecto de urbanización, en el cual se priorizó la preservación del entorno natural.
Sin embargo, a lo largo del tiempo,
el crecimiento desordenado y la presión inmobiliaria pusieron en peligro la integridad ambiental del área. En los últimos meses, además, salieron a la luz numerosos casos de usurpación en villas veraniegas, entre ellas en La Quebradita.
El gobernador Osvaldo Jaldo reiteró ayer que hará respetar el patrimonio de la provincia. “Este gobierno vino a poner orden”, declaró en rueda de prensa. /
La Gaceta
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