Lunes 18 de Agosto de 2025, 20:12
El conflicto originado en 2017 entre la Municipalidad de San Miguel de Tucumán y la Provincia por el estado y el mantenimiento de los canales Sur y Norte quedó superado en la Justicia a partir de un acuerdo entre las partes.La Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) dictó una sentencia que declaró abstracto el juzgamiento del recurso de casación interpuesto por el Gobierno provincial para refutar un fallo de primera instancia emitido en 2019, que había dado la razón al municipio en un reclamo por la situación de los desagües pluviales que rodean la ciudad.
Este juicio se había originado durante la primera gestión de Germán Alfaro (PJS) como jefe del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), y había sido producto de las diferencias políticas con la administración del entonces gobernador Juan Manzur.
Según
la postura de la Fiscalía Municipal alfarista, el mantenimiento y la construcción de obras en esos desagües era competencia del Gobierno provincial, y registraban un estado crítico. Con fotos e informes, se argumentó que la infraestructura hídrica presentaba “un brusco estrechamiento por malezas, sedimentos y basuras acumuladas”, e inclusive árboles de hasta cuatro metros crecidos en el fondo del cauce.
En la respuesta a la demanda, la Fiscalía de Estado manzurista aseguró que el planteo del municipio carecía de sustento, dado que “la limpieza de los canales es una facultad propia y exclusiva de la Municipalidad”. Además, el Gobierno negó que estas tareas fueran competencia de la Dirección Provincial del Agua, y apuntó contra la gestión de Alfaro por no contar “con un programa integral o plan de gestión referido al tratamiento de los residuos, programa de reciclaje”, o alguna “campaña de concientización”, dado que
“el problema se origina en el desecho de basura en las márgenes de los canales”.
En diciembre de 2019, los jueces de la Sala III, Ebe López Piossek y Sergio Gandur, dictaron una sentencia de fondo en la cual advirtieron que, en definitiva, el reclamo apuntaba a “la prevención de un daño -ambiental en la especie, además de material-, cuales son las inundaciones urbanas”. Los magistrados marcaron que, a lo largo del proceso, ambas administraciones se habían “atribuido mutuamente las responsabilidades del caso, sin asumir como propia, obligación alguna” con relación a los canales. Pero, considerando las pruebas en el expediente, “en particular de las fotografías y de los informes aportados por la Municipalidad, surge un deber incumplido por parte de la Provincia”. Por ello,
la Sala III resolvió hacer lugar a la acción de amparo y disponer que el PE “proceda a realizar de manera inmediata, impostergable e ininterrumpida las tareas de limpieza, dragado y mantenimiento” de los canales Sur y Norte.
En otro punto,
los jueces exhortaron al municipio y a la Provincia a firmar un acuerdo para asegurar el trabajo conjunto con relación al sostenimiento de la infraestructura hídrica.
Pero el fallo no se llegó a ejecutar, dado que, en 2020, la gestión de Manzur logró que un recurso de casación para llevar el expediente a la Corte provincial. No hubo avances durante unos cuatro años, e incluso ambas administraciones cerraron su mandato, dando lugar en 2023 a la asunción de Osvaldo Jaldo en el Gobierno provincial y de Rossana Chahla en la Capital. En la última parte de 2024, finalmente, la causa registró movimientos.
Primero, se resolvió la composición de la Sala en lo Contencioso de la CSJT, con la integración de Claudia Sbdar, Eleonora Rodríguez Campos y Antonio Estofán (Daniel Leiva se había excusado de intervenir en este proceso); y, por la falta de votos necesarios para un pronunciamiento, se completó el estrado con Daniel Posse y Juan Ricardo Acosta.
Luego,
el tribunal dictó un fallo que convocó a las partes a una audiencia -fijada para el 26 de marzo de este año- a fin de que informen sobre el estado de los canales y de que, atento al cambio de autoridades, presenten los respectivos planes para los canales. En simultáneo, se suspendieron los plazos para el dictado de la sentencia definitiva.
La reunión se concretó con la presencia del fiscal municipal, Conrado Mosqueira, y del director de Asuntos Jurídicos de la Fiscalía de Estado de la Provincia, Leonardo Debono. En la audiencia, los funcionarios elevaron a la CSJT un acta celebrada cinco días antes, donde constan detalles de “las obras realizadas y las tareas proyectadas para el año en curso”.
Y una semana más tarde, Mosqueira y Debono elevaron un nuevo escrito “de común acuerdo”, en el que pidieron que se declare “la cuestión sobrevinientemente abstracta” y se ordene el archivo de las actuaciones. “Los organismos intervinientes han reconocido la necesidad de coordinar obras, planes de mantenimiento y acciones conjuntas, reafirmando la interdependencia de sus respectivas competencias”, profundizaron.
El escrito pasó a análisis de la Corte, que se pronunció en ese sentido la semana pasada. Según se consignó en el voto mayoritario -de Rodríguez Campos, preoponante-, el conflicto que dio motivo a la acción de amparo y al posterior recurso de casación “ha quedado superado” y, con ello,
“se ha diluido la materia litigiosa propuesta por las partes en este juicio”. Por ello, se hizo lugar al planteo de Mosqueira y Debono, y se declaró abstracto el tratamiento del recurso en cuestión.
De este modo, tras casi ocho años de juicio, la causa por los canales Sur y Norte pasó al archivo de la Justicia, con el compromiso del Gobierno provincial y del municipio de llevar adelante las tareas para asegurar la limpieza de los desagües, el funcionamiento de la infraestructura y otra acciones destinadas a prevenir inundaciones en la ciudad.
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La Gaceta