Miércoles 05 de Noviembre de 2025, 19:01

Cristina Kirchner.
La Justicia previsional rechazó un pedido hecho por la expresidenta Cristina Kirchner para volver a cobrar, vía la admisión de una medida cautelar, la pensión que percibía hasta hace un año por ser viuda del exprimer mandatario Néstor Kirchner.La denegatoria a la solicitud fue firmada por la jueza Karina Alonso Candis, del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1, donde se tramita la demanda que inició CFK contra la medida de la Anses por la cual, a fines de 2024 y tras confirmarse la condena por corrupción por la cual hoy está en prisión, se dieron de baja dos prestaciones de privilegio que estaba percibiendo: la ya mencionada pensión y la asignación vitalicia por haber sido presidenta de la Nación.
Ambas prestaciones surgen de la ley 24.018 y son consideradas de privilegio porque, para su obtención, no se pide cumplir con requisitos ni de edad ni de tiempo de aportes hechos al sistema. Después de un período en el que se mantuvo suspendido el cobro de uno de los beneficios (por decisión del gobierno de Mauricio Macri),
desde 2021 Cristina Kirchner cobró por más de tres años y forma simultánea dos prestaciones mensuales que, en noviembre de 2024 -último mes de pago- sumaron, en bruto, $35.255.297,73, en tanto que la cifra neta fue de $21.828.203,92, equivalente a casi 70 veces el haber mínimo más el bono pagado entonces por el sistema general de la Anses.
El importe incluía unos $6 millones de plus por zona austral, ya que el domicilio declarado era en Santa Cruz, pese a que era de público conocimiento que la exfuncionaria no residía allí.
Por esto último, la Anses hizo el año pasado una denuncia penal.Mediante la resolución 1092,
un año atrás el entonces director ejecutivo de la Anses, Mariano de los Heros, dio de baja ambos beneficios. En esa norma, el organismo de la seguridad social argumentó que
el cobro de asignaciones vitalicias por haber ocupado los cargos de presidente o vicepresidente de la Nación resulta incompatible con haber cometido un delito “en ejercicio de la misma función pública” por la cual se accedió a esos cobros.

El exdirector ejecutivo de la Anses, Mariano de los Heros, dispuso en 2024 la baja de las dos asignaciones vitalicias de privilegio que estaba cobrando Cristina Kirchnerv
La decisión de las bajas se tomó luego de que la expresidenta fuera condenada en segunda instancia por la Cámara de Casación Penal Federal,
por ser considerada “autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”. La condena luego resultó confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo cual CFK cumple ahora condena domiciliaria.
A causa de una decisión tomada por la Anses, entre marzo de 2021 y noviembre de 2024 Cristina Kirchner cobró las dos prestaciones ya citadas.
La restitución de una de ellas le fue otorgada durante la presidencia de Alberto Fernández, cuando la propia CFK era vicepresidenta de la Nación y al mismo tiempo que estaba en trámite (aún lo está) un juicio referido al doble cobro de asignaciones de privilegio. El artículo 5 de la ley 24.018 indica claramente que el cobro de la asignación de expresidente “es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal”. Si bien no hay mención explícita a otra asignación vitalicia prevista por la ley 24.018, esa misma norma define como una “pensión” a la asignación por ser viuda de un exmandatario.
Los argumentos
En el escrito con el que la jueza Alonso Candis -que quedó a cargo de la causa tras un conflicto respecto de a qué juzgado le correspondía- niega la medida cautelar para la reposición de uno de los cobros, se menciona que
CKF había invocado en su solicitud, “la imposibilidad de subsistencia”, y había argumentado que la medida provisoria no resolvería aún la cuestión de fondo (si estaban correctamente dadas de baja las prestaciones).

La ex presidenta Cristina Kirchner cumple prisión, tras ser declarada culpable de corrupción, en un edificio de San José 1111, en la ciudad de Buenos Aires
Desde la Anses, en tanto, se había pedido que se rechazara la medida cautelar solicitada (tal como ocurrió), y uno de los argumentos fue que el beneficio previsto en la ley 24.018
“es una asignación graciable que se otorga como contraprestación al honor, mérito y el buen desempeño en el cargo", que "no tiene carácter contributivo" y, por tanto, “no está sustentando en aportes previsionales que haya realizado el beneficiario”.Con respecto a la causa por la cual está condenada CFK, la Anses expuso que el hecho de que la pena no haya recaído sobre el causante del beneficio (por Néstor Kirchner), “no es óbice para que no se haya dispuesto la baja del beneficio de pensión”, porque es esperable que “quien perciba dicha pensión no incurra en conductas delictivas en ejercicio de la función pública y en perjuicio del Estado Nacional, cuando se trata de una asignación excepcional no contributiva y sostenida por el erario público”.
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