Jueves 06 de Noviembre de 2025, 08:25

El máximo tribunal dejó firme una sentencia de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó el rechazo a la inscripción gremial del Sindicato Único de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria (SUTPLA).
Fallo de la Corte
La organización había sido creada en el Centro Universitario de la cárcel de Devoto con el fin de defender los derechos laborales de los internos que trabajan durante el cumplimiento de sus condenas.
Así la Corte dejó firme un fallo de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que había desestimado la demanda del SUTPLA al sostener que los reclusos no pueden ser considerados “trabajadores” en los términos del decreto 467/88, por lo que no les corresponde el derecho a crear una asociación sindical en el marco de la ley 23.551.
La iniciativa gremial había sido presentada en 2016 ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, según publicó NA.
Argumentos
El Ministerio de Trabajo rechazó la inscripción al considerar que los internos “no revestían la condición de trabajadores” y la organización apeló la decisión.
En 2023, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó ese criterio. “Aunque el ingreso a una prisión no despoja al hombre de la protección de las leyes y de la Constitución Nacional”, quienes se encuentren privados de su libertad verán “mermada su capacidad de derecho”, señalaron los jueces.
“Los internos no son equiparables a los trabajadores libres, ya que estos últimos ejercen su oficio voluntariamente y pueden disponer libremente de su salario, mientras que los reclusos lo hacen bajo subordinación y obediencia al Estado, que no actúa como empleador”, aseveraron los magistrados.
De este modo los jueces de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazaron por inadmisible el recurso presentado por el SUTPLA. /Perfil
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