Jueves 04 de Diciembre de 2025, 06:49
La Corte Suprema de Justicia comenzó el operativo para devolverle al Estado unos 60 millones de dólares en dinero y bienes decomisados que pertenecen a Lázaro Báez y a su hijo Martín Báez, en la causa conocida como “la Ruta del Dinero K”.El director general de Gestión Interna e Infraestructura de la Corte Suprema, Sergio Romero, le mandó un oficio al juez Néstor Costabel, del tribunal oral federal 4 (TOF4), que condenó a Báez, en el que le señala que se “ha dispuesto el decomiso de sumas dinerarias mediante la adjudicación definitiva de los fondos obtenidos de las subastas realizadas en el marco del incidente N° 3017/2013/TO2/14 y de bienes inmuebles registrados a nombre de los ciudadanos Lázaro Antonio Báez y Martín Antonio Báez".
Asimismo, le dijo que se procedió a “su inscripción registral bajo la titularidad de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, todo de acuerdo con lo que dispone el Código Penal y Código Procesal Penal.
Romero le solicitó al juez del TOF 4 que, como primera medida, se proceda a “la transferencia de las sumas de dinero decomisadas, así como de los fondos obtenidos de las subastas mencionadas” a dos cuentas (una en pesos y otra en dólares) pertenecientes a la Corte.
Y le pidió los documentos de los procesos de subasta realizados en el incidente N° 3017/2013/TO2/14.
Según la sentencia dictada por el tribunal oral en abril de 2021, en la causa, por los distintos hechos juzgados, se decomisaron US$ 54.872.866,69, US$ 5.000.000, US$ 307.994,17 y US$ 950.000. La suma da un total de US$ 61.130.860,86.
La sentencia también incluyo distintas cifras en pesos, que el tribunal dispuso que fuesen “ajustables conforme al índice de actualización de precios del consumidor del INDEC”, que suman unos $4.174.697.
“Firme que sea la presente, se procederá a ejecutar los decomisos ordenados precedentemente, sobre la totalidad de los bienes cautelados por cuya razón se mantendrán los embargos y demás medidas restrictivas oportunamente dispuestas”, había dicho el TOF al momento del veredicto.
El 28 de febrero de 2023, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación confirmó los decomisos. El 29 de mayo de 2025, la Corte Suprema de Justicia, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, declaró inadmisibles los recursos presentados y dejó firme las condenas y los decomisos.
El tribunal oral federal 4 entonces notificó de la decisión para proceder a la ejecución de los bienes.
Pero para ese momento el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto 575/2025, creó el Consejo de Bienes Recuperados en Favor del Estado Nacional, dependiente del Ministerio de Justicia, como órgano de supervisión, evaluación y toma de decisiones al respecto. Los bienes quedaban así bajo custodia del Ministerio de Justicia.
La Corte Suprema ya había fijado este año criterios específicos sobre el manejo de esos bienes, al disponer que son los jueces intervinientes en las causas penales quienes deben ejecutar las penas, dictar las medidas cautelares y disponer sobre los bienes decomisados.
La Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), el rgemio que representa a los trabajadores judiciales, inició una demanda al sostener que la pretensión del Poder Ejecutivo de administrar los bienes decomisados afectaba la independencia del Poder Judicial y las facultades propias de la Corte Suprema de Justicia.
En octubre pasado, el juez federal en lo contencioso-administrativo Pablo Cayssials dictó una medida cautelar que le impidió al Gobierno avanzar con la aplicación del Decreto 575/25.
Según ese fallo, el decreto “altera de manera integral el sistema de gestión de bienes de origen ilícito” mediante un mecanismo “que excede los límites constitucionales previstos para la emisión de decretos de necesidad y urgencia”.
Según dijo el juez, la norma del Poder Ejecutivo “no introduce simples ajustes, sino que establece un nuevo régimen general que impacta directamente en la estructura y funcionamiento del Poder Judicial”, afectando incluso su autonomía y autarquía presupuestaria.
Según ese fallo, el decreto “altera de manera integral el sistema de gestión de bienes de origen ilícito” mediante un mecanismo “que excede los límites constitucionales previstos para la emisión de decretos de necesidad y urgencia”.
“Se ha acreditado la presunta vulneración de la independencia del Poder Judicial de la Nación y la afectación de facultades propias de la Corte Suprema”, expresó el juez. Con ese fallo la Corte avanzó y comenzó el proceso para anotar a su nombre los bienes y depositar en cuentas a su nombre el dinero.
/La Nación
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