Jueves 04 de Diciembre de 2025, 19:32

Guillermo Ernesto “Memo” Gray deberá cumplir la condena por abusar de su nieto.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a diez años de prisión contra el arquitecto Guillermo Ernesto “Memo” Gray, un reconocido exfuncionario del gobierno de Tucumán durante la gestión de José Alperovich, por el abuso sexual agravado de su nieto cuando el niño tenía entre tres y cuatro años. El máximo tribunal rechazó el recurso extraordinario que había presentado la defensa y confirmó definitivamente la sentencia dictada en la provincia.
Gray, quien se desempeñó como director de Obras Públicas de Tafí del Valle, fue denunciado por su propia familia en 2014. La acusación sostuvo que
el funcionario abusó del menor a través de tocamientos de índole sexual en reiteradas oportunidades, hechos que quedaron expuestos en la declaración del niño en Cámara Gesell. A ello se sumaron informes médicos que confirmaron lesiones compatibles con abuso y pericias psicológicas que reforzaron la credibilidad del testimonio.Un juicio complejo y una sentencia con disidenciasEn mayo de 2021, la Cámara Penal Conclusiones del Distrito Centro Judicial Capital de Tucumán llevó adelante el juicio oral y
condenó a Gray a diez años de prisión por el delito de abuso sexual agravado por el vínculo y por la convivencia preexistente. El tribunal consideró probado que el acusado se aprovechó de su rol de abuelo, de su superioridad física y de un vínculo de confianza que utilizó para someter al niño.
El fallo, sin embargo, fue dividido: mientras que una mayoría confirmó la responsabilidad penal del exfuncionario, uno de los jueces planteó dudas que luego serían retomadas por la defensa. Esa disidencia interna sería el primer paso de un extenso recorrido judicial.
Un año después, en 2022, la Corte Suprema de Tucumán decidió anular la condena. Entre otros argumentos, el tribunal provincial cuestionó aspectos del proceso y
ordenó realizar un nuevo juicio.
La intervención del máximo tribunal nacional
La decisión provincial provocó una fuerte reacción de la familia de la víctima y de la fiscalía, que recurrieron a la Corte Suprema de la Nación. En 2023, el máximo tribunal nacional, por mayoría, aceptó los recursos, dejó sin efecto la nulidad dictada en Tucumán y
ordenó que se garantizara celeridad y protección al menor.En su resolución,
la Corte destacó que cualquier revisión debía priorizar el interés superior del niño, subrayando que la anulación provincial no había considerado adecuadamente ese principio. También remarcó que no podían repetirse medidas que implicaran una revictimización, ya que el menor había atravesado ya instancias evaluativas y entrevistas especializadas.
Tras esa intervención,
el caso regresó nuevamente a los tribunales tucumanos. En 2024, la Corte provincial confirmó la condena originalmente dictada en 2021. En su voto, los jueces señalaron que la valoración de la prueba había sido completa y que los elementos reunidos durante la investigación —testimonios, informes médicos, pericias psicológicas y el relato del menor en Cámara Gesell— resultaban contundentes para sostener la responsabilidad penal del acusado.
El último intento de la defensa, rechazado por la Corte SupremaTras la confirmación provincial, la defensa de Gray presentó un recurso extraordinario para llevar nuevamente el caso al máximo tribunal del país.
El planteo objetaba la intervención de los profesionales médicos y psicológicos, argumentaba que la declaración del niño podría haber estado sesgada y exigía la aplicación del principio in dubio pro reo.Sin embargo, el pedido no superó la instancia formal. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el recurso por incumplimientos con la acordada que regula la presentación de este tipo de apelaciones. La falta de adecuación a los requisitos técnicos impidió que el tribunal analizara el fondo de los planteos.
Con esta resolución, la sentencia quedó firme y Gray deberá cumplir la pena de diez años de prisión impuesta por los tribunales tucumanos.
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