Isa argumentó que, tras las deliberaciones, las partes acordaron imponer a Ortiz una pena de tres años y seis meses de prisión efectiva. Este acuerdo se fundamentó en su rol como coautor material y penalmente responsable del delito de robo agravado, dado que se realizó en poblado y en banda.
Además, el auxiliar de fiscal solicitó que Ortiz fuese considerado reincidente, dado que ya contaba con una condena previa de cinco años, dictada en 2017, lo cual añade un peso adicional a su situación legal.
En una declaración que parece haber sido parte del acuerdo, el acusado reconoció su implicación en el delito que se le imputaba.
El juez encargado del caso, al evaluar la admisibilidad de los términos del acuerdo, aceptó el juicio abreviado y ordenó el traslado inmediato de Ortiz a la unidad penitenciaria de Villa Urquiza, donde cumplirá su condena.
El relato de los hechos revela que, el 3 de octubre a las 12:00 horas, una víctima se desplazaba en su camioneta Volkswagen Amarok de color blanco por la calle 9 de Julio en dirección norte-sur.
En ese momento, dos motocicletas, una Honda Wave y una Honda New Titán, comenzaron a seguirlo. Ortiz, que conducía una de estas motocicletas, participó activamente en la planificación del acto delictivo.
Al llegar la víctima a la intersección de avenida Mate de Luna, Ortiz descendió de su moto y procedió a romper el vidrio de la puerta delantera del lado derecho de la camioneta.
Posteriormente, continuó su acción violentando también el vidrio de la puerta trasera, logrando introducir parte de su cuerpo en el vehículo para sustraer una mochila que contenía nueve cheques y una suma en efectivo que ascendía a 8.158.000 pesos.
Este caso pone de relieve no solo la audacia de los delitos cometidos en plena calle, sino también las implicancias legales que enfrentan quienes optan por la vía delictiva, en un contexto donde las herramientas de investigación, como la videovigilancia, se convierten en instrumentos decisivos para la justicia.