Con una fuerte crítica al juez que la había liberado revocan la absolución a una asesina que pasará nueve años en la cárcel

Martes 15 de Julio de 2025, 05:31

A LA CARCEL. El fallo en segunda instancia revocó la absolución de Agustina Gómez y le aplicó una condena de 9 años de prisión.



El Poder Judicial de Tucumán revocó la absolución que había beneficiado a Agustina Gómez, de 25 años, y la condenó a nueve años de prisión por el homicidio de Orlando Ponce, de 55, ocurrido en marzo de 2023 en San Miguel de Tucumán. La decisión fue tomada por el juez Eudoro Ramón Albo, del Tribunal de Impugnación, luego de considerar que la sentencia inicial —que había absuelto a la joven por el beneficio de la duda— se basó en una evaluación parcial y arbitraria de las pruebas.

El hecho tuvo lugar el 10 de marzo del año pasado, en un departamento ubicado en calle 25 de Mayo al 1400, propiedad de la víctima. Gómez y Ponce se habían conocido a través de la aplicación Tinder y ya se habían reunido en otras ocasiones. Esa noche, luego de compartir bebidas, la joven lo apuñaló en tres oportunidades con un cuchillo, causándole la muerte.

Durante el juicio oral, realizado en febrero de este año, la defensa de Gómez sostuvo que la acusada actuó en legítima defensa tras ser víctima de un intento de abuso sexual. La fiscalía, en cambio, planteó que se trató de un crimen premeditado. El juez Alejandro Javier Tomas, a cargo del juicio, resolvió absolverla argumentando que, aunque no se acreditó la legítima defensa, la versión de la imputada generaba un margen de duda suficiente para beneficiarle.

Sin embargo, el fallo fue impugnado por el fiscal Pedro Gallo y los querellantes José Ignacio Ferrari y Stefano Jogna Prat, quienes consideraron que el magistrado valoró arbitrariamente las pruebas y trasladó indebidamente la carga de la prueba a la parte acusadora. En una audiencia celebrada el 26 de junio, las partes presentaron sus argumentos ante el juez Albo.

Para el fiscal Gallo, no existieron elementos objetivos que permitan sostener que Gómez actuó bajo un contexto de violencia de género, ni que su accionar respondiera a una situación de vulnerabilidad. También cuestionó las múltiples contradicciones en las declaraciones de la acusada a lo largo del proceso, que no se correspondieron con las pericias forenses. “Si el propio juez reconoció que la versión de Gómez no coincide con la dinámica del hecho ni con la pericia, no puede otorgársele el beneficio de la duda”, remarcó el funcionario.

Los querellantes reforzaron esta postura, asegurando que la sentencia inicial transformó el juicio por homicidio en un debate por abuso sexual, sin pruebas suficientes que justificaran ese giro interpretativo. “No se puede hablar en clave de género cuando no se acreditó un contexto de vulnerabilidad”, advirtieron.

Por su parte, la defensa pidió que se mantuviera la absolución, señalando que la sentencia de Tomas estuvo debidamente fundamentada y que las distintas versiones brindadas por Gómez respondieron a su estado emocional y a la presión vivida durante el proceso judicial.

Finalmente, el juez Albo sostuvo que el fallo de primera instancia invirtió la carga probatoria y no evaluó de manera objetiva y completa las pruebas producidas. Además, indicó que la declaración de la imputada no podía ser considerada como testimonio de víctima, sino como una estrategia de defensa que debía estar respaldada por otros elementos probatorios.

De este modo, Agustina Gómez fue condenada a nueve años de prisión efectiva por el homicidio de Orlando Ponce, sentencia que pone fin a un caso judicial cargado de polémica y que reabre el debate sobre el tratamiento judicial de los conflictos íntimos atravesados por la violencia y los estereotipos de género.