Aumentos de 1% mensual y bonos para los empleados de comercio

Jueves 07 de Agosto de 2025, 06:32

El Gobierno autorizó el aumento del 6% de julio a diciembre, con revisión en noviembre. Incluye porcentajes y sumas no remunerativas



Parece que soplan nuevos vientos en la secretaría de Trabajo. Después de la demorada homologación de la paritaria de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) ahora aprobó el acuerdo salarial firmado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresariales del sector, con una mejora del 6 por ciento más suma fijas.

De esta forma, queda atrás la polémica que se desató hace un par de meses, donde el líder del gremio mercantil, Armando Cavalieri, cuestionó duramente al gobierno por poner un techo a los incrementos salariales y meterse en las negociaciones entre privados.

La homologación es fundamental para que las empresas estén obligadas a liquidar las subas salariales pactadas con los empresarios. 

De hecho, las quejas del sindicato se centraron en que centros de distribución mayorista no pagaron los aumentos, lo que derivó en protestas en Mar del Plata, por citar un solo ejemplo.

Incremento de sueldo más suma fija no remunerativa

El gremio informó que la oficialización del acuerdo se realizó con autoridades de la secretaría de Trabajo y representantes de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA), y va de julio a diciembre, en el marco de la paritaria anual 2024/2025.

El acuerdo contempla una asignación remunerativa y no acumulativa del 6 por ciento, distribuida de la siguiente forma:

    Julio: 1% más suma fija no remunerativa de $40.000

    Agosto: 1% más suma fija no remunerativa de $40.000

    Septiembre: 1% más suma fija no remunerativa de $40.000

    Octubre: 1% más suma fija no remunerativa de $40.000

    Noviembre: 1% más suma fija no remunerativa de $40.000

    Diciembre: 1% más suma fija no remunerativa de $40.000

Este bono alcanza a todos los trabajadores y trabajadoras incluidos en el convenio colectivo 130/75. Para aquellos que tengan jornada reducida, se calculará de manera proporcional.

Las partes establecieron que se reunirán en noviembre para realizar un análisis de la marcha de la inflación y su incidencia en el poder de compra. Fuentes gremiales indicaron que "en caso de tener un desfase, se discutirá cómo se aplica una compensación".

Apuesta al diálogo entre el gremio y las empresas

Al término del encuentro con los empresarios y funcionarios, Cavalieri explicó que "este acuerdo representa una señal de continuidad y compromiso en el diálogo entre gremio y empresas. Apostamos a la estabilidad del ingreso, pero también al monitoreo permanente del contexto para actuar con responsabilidad".

Remarcó que "la homologación da certeza jurídica y previsibilidad a las partes, sin dejar de atender la dinámica inflacionaria".

La escala salarial de julio, que se comenzó a liquidar en los primeros días de agosto, quedó de la siguiente forma:

Administrativos

    Categoría A: $1.046.856

    Categoría B: $1.051.189

    Categoría C: $1.055.517

    Categoría D: $1.068.507

    Categoría E: $1.079.330

    Categoría F: $1.095.207

Maestranza

    Categoría A: $1.036.033

    Categoría B: $1.038.917

    Categoría C: $1.049.019

Cajeros

    Categoría A: $1.050.463

    Categoría B: $1.055.517

    Categoría C: $1.062.012

Vendedores

    Categoría A: $1.050.463

    Categoría B: $1.072.117

    Categoría C: $1.079.330

    Categoría D: $1.095.207

Auxiliares Generales

    Categoría A: $1.050.463

    Categoría B: $1.057.679

    Categoría C: $1.081.495

Auxiliares Especiales

    Categoría A: $1.059.126

    Categoría B: $1.072.114   /iProfesional