La Corte nacional sugiere medidas disciplinarias contra jueces tucumanos por un caso de abuso de menores que demoró 15 años

Jueves 23 de Octubre de 2025, 18:43

Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.



La Corte Suprema de Justicia de la Nación cuestionó duramente la demora en la investigación de una denuncia por abuso sexual a un menor y recomendó evaluar sanciones a los magistrados intervinientes.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti intervinieron en un caso en donde se disputaban la causa (para no intervenir) un juzgado de Tucumán y otro de San Isidro. Pero durante casi siete años el expediente estuvo inactivo porque la declaración de incompetencia no se concretó.

Según el fallo, el 17 de julio de 2014, C. A. denunció ante la comisaría policial de Los Nogales, de Tucumán, a su ex pareja J. A. R., por haber abusado sexualmente de su hija F. R., en ese momento de dieciséis años, cuando ella fue a visitarlo a su domicilio en la localidad de Florida, provincia de Buenos Aires, en enero de 2012

La causa recayó en el por entonces Juzgado de Instrucción de la III Nominación de San Miguel de Tucumán, a cargo del juez Juan Francisco Pisa, posteriormente destituido por el caso de Paola Tacacho. El 8 de octubre de 2014, Pisa se declaró incompetente para intervenir en el proceso, en atención a que, dijo, el hecho se habría producido en la provincia de Buenos Aires. Más de un año después, en marzo de 2016, las actuaciones fueron remitidas en cuarenta fojas a la justicia bonaerense.

El 15 de abril siguiente, el titular del Juzgado de Garantías 1 del departamento judicial de San Isidro, provincia de Buenos Aires, Ricardo Costa, rechazó su competencia. El magistrado consideró que no se habían agotado las medidas tendientes a establecer con certidumbre las circunstancias que rodearon el ilícito, no se había tomado declaración a la víctima ni llevado adelante medidas para verificar que los hechos se hubieran producido en en Buenos Aires. El juez Pisa tomó declaración a la denunciante y a su hija en julio de 2016. Y el 22 diciembre de 2017, ratificó su declaración inicial de incompetencia. Ordenó extraer copias y certificarlas para la formación del incidente pertinente y, oportunamente, su elevación a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.  

El 28 de diciembre de 2017, el entonces fiscal de instrucción y actual ministro Pupilar y de la Defensa Washington Navarro ordenó reservar las actuaciones hasta tanto se resolviera el conflicto de competencia y el 8 de octubre de 2018 dispuso su envío a la Unidad Especial de Resolución de Causas en 60 fojas. Luego, mediante providencia del 19 de agosto de 2020, se estableció que, a partir de la foja 60, el expediente pasara a tramitarse en forma digital.

“Casi siete años después de la ratificación de incompetencia del juez Pisa, el 25 de septiembre de 2024 el tribunal informó que en el marco de los controles sobre las causas pendientes se detectaron estas actuaciones. En ese acto, se relató el estado de situación del caso y se destacó que el incidente de incompetencia ‘nunca fue creado conforme lo ordenado’. Como consecuencia de ello, el magistrado Raúl Cardozo, del ahora Colegio de Jueces y Juezas del Centro Judicial Capital de la provincia de Tucumán, remitió la causa a la fiscalía a los fines de que prosiga con su trámite hasta que se resuelva la cuestión de competencia y, a la par, dispuso la formación del incidente y lo elevó a este Tribunal, que resulta competente para su resolución”, se indicó.

“A la luz de la reseña efectuada y de acuerdo con lo indicado por el Procurador General interino en su dictamen del 28/03/2025, en torno al excesivo tiempo transcurrido desde la denuncia y la demora en la elevación de las actuaciones”, la Corte de la Nación intervino.

“Corresponde enviar el incidente al tribunal tucumano al efecto de que reúna los elementos necesarios para dar precisión a la denuncia y resolver, luego, de acuerdo a lo que resulte, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 118 de la Constitución Nacional respecto de la competencia en razón del territorio. Los tribunales intervinientes deberán darle inmediato trámite al expediente, adoptar las decisiones que correspondan y procurar que el daño sufrido por la víctima, hoy adulta, no se vea aún más incrementado como consecuencia del contacto con el sistema de justicia”, señalaron Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti. 

Agregaron que, además, “se hará saber del contenido de la presente a la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Tucumán a fin de que disponga las medidas que juzgue pertinentes y evalúe, en su caso, la aplicación de las sanciones disciplinarias que correspondan”. /La Gaceta