Martes 28 de Octubre de 2025, 13:25
El Tribunal Oral Criminal N° 2 de La Matanza condenó a prisión perpetua a Jonatan Ezequiel Soto, de 19 años, por el asesinato de Hilda Tello, quien recibió un balazo en el cuello mientras viajaba en un colectivo de la línea 174 en San Justo en enero pasado.Los jueces Lucila Laura Pacheco, Diego Sebastián Burgueño y Pablo Ernesto Lago lo consideraron autor del disparo que terminó con la vida de la mujer. El veredicto fue leído por el auxiliar letrado del tribunal, Martín Giangreco, según detalló el medio local Primer Plano Online.
Según se acreditó en el juicio, el hecho ocurrió el 15 de enero pasado, cuando dos asaltantes a bordo de una moto intentaron robar a un vecino que lavaba su auto en la vereda, en Coronel Lynch al 2800, entre Illia y San Martín.Al advertir la secuencia y escuchar el pedido de auxilio, el chofer del interno 623, Cristian Julio Rodolfo Paz, estrechó el paso de la motocicleta. La reacción fue inmediata: el acompañante disparó tres veces hacia la unidad en movimiento. Uno de los proyectiles impactó en el cuello de Tello, de 45 años, que estaba sentada en la última fila de asientos junto a su hija, de 8, que también fue herida y llevada a una clínica privada situada a dos cuadras del lugar del ataque. En tanto, la amiga de la hija de la víctima, que viajaba con ellas, de 9 años, resultó ilesa.
Para el tribunal, Soto, apodado “Pechuguita”, fue quien efectuó los disparos. Los jueces lo hallaron culpable de robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa (por el intento de asalto al vecino que lavaba el auto) y de homicidio agravado criminis causae, agravado a su vez por el uso de arma de fuego. El fallo fue en la misma línea con lo requerido por el fiscal del debate, Carlos Luppino.
Durante la audiencia, Soto brindó una declaración en la que confesó el hecho. Dijo que aquel día un “amigo” —identificado como Dylan Uriel Vivas, prófugo con orden de captura nacional e internacional— lo pasó a buscar por su casa de La Tablada y que era ese “amigo” quien conducía la moto.
“En un determinado momento, Dylan me pidió que me baje de la moto, me dio un arma y le hice caso. Me vi pidiéndole la llave del coche al señor y su celular, no sé para qué porque no sé manejar. El señor salió corriendo y Dylan me dijo ‘vamos, vamos’. Me subí a la moto y, cuando nos estábamos yendo, actué de una manera muy fea, mal”, relató ante los jueces.
Luego agregó: “Pido perdón. Mis intenciones no eran esas, no quise matar a nadie, no soy capaz de matar a nadie. Estoy arrepentido de lo que hice. Yo quise tirar al aire. Si pudiera volver el tiempo atrás no me subiría a la moto y no compartiría tiempo con esa persona”.
El tribunal consideró que sus dichos corroboraron la autoría que describieron otras pruebas del proceso. A la vez, la sentencia dejó asentado que Soto permanece detenido desde el 13 de febrero y que solo podrá peticionar una morigeración una vez cumplidos 35 años de prisión: es decir, el 12 de febrero de 2060. Esa es la pauta temporal que rige para la eventual solicitud de libertad condicional en condenas a prisión perpetua.
El hecho quedó grabadoLa reconstrucción del crimen fijó que esa mañana, en la zona de Coronel Lynch al 2800, los asaltantes abordaron a un joven con fines de robo y lo intimidaron con un arma de fuego calibre 9 milímetros.