Obligan a los bancos Hipotecario y ex HSBC a indemnizar a clientes víctimas de fraude digital

Miércoles 09 de Julio de 2025, 06:58

Según resolvió la Justicia, las dos entidades incurrieron en serias fallas al no actuar con la "diligencia esperada" frente a este tipo de maniobras



El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N.º 2 de la ciudad de Ushuaia emitió dos sentencias que imponen duras sanciones al ex HSBC Bank Argentina S.A. y al Banco Hipotecario S.A., al considerar que ambas entidades financieras incurrieron en serias fallas al no actuar con la diligencia esperada frente a maniobras de fraude digital que perjudicaron a clientes particulares.

En ambas resoluciones, el tribunal fue contundente: los bancos incumplieron deberes centrales que regulan su vínculo con los usuarios, como la obligación de brindar seguridad, información adecuada y confianza, pilares esenciales de la relación contractual en el ámbito financiero.

Dos bancos deben indemnizar a clientes que fueron víctimas de fraude digital

Ex HSBC

En el primer caso, el ex HSBC fue condenado a indemnizar con $1.774.000 más intereses a una clienta que sufrió la extracción no autorizada de fondos de su cuenta, además de la gestión irregular de un préstamo otorgado sin su consentimiento. 

El fallo, que calificó la situación como un "fraude electrónico grave", declaró la nulidad del crédito, ordenó la devolución inmediata del dinero y fijó una compensación adicional por daño moral. Además, se aplicó una multa por daño punitivo, una sanción excepcional prevista para conductas particularmente reprochables por parte de empresas proveedoras.

Banco Hipotecario

En paralelo, el Banco Hipotecario fue condenado a resarcir con $1.150.000 más intereses a otro usuario, víctima de un esquema similar de estafa digital. Aunque en esta oportunidad no se impuso multa punitiva, el juez consideró que la entidad tampoco cumplió con los estándares mínimos de protección establecidos para consumidores financieros.

Ambos bancos apelaron las sentencias, por lo que las causas seguirán tramitándose en instancias superiores. No obstante, los fallos marcan una postura firme en cuanto a la responsabilidad objetiva de los bancos frente a delitos informáticos, especialmente cuando se evidencia que no hubo mecanismos preventivos eficaces o respuestas oportunas ante operaciones irregulares.

Las resoluciones citan, entre otras normativas, las comunicaciones "A" 6664, "A" 6878 y "A" 7370 del Banco Central de la República Argentina (BCRA), que obligan a las entidades a implementar controles tecnológicos y operativos que protejan el patrimonio de los clientes.

La Justicia fueguina también remarcó que las entidades deben adoptar una actitud activa y preventiva ante el aumento de fraudes digitales, cuyo crecimiento en los últimos años ha sido exponencial en todo el país. Solo durante 2023, el BCRA y la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor reportaron un alza superior al 40% en las denuncias por estafas electrónicas, muchas de las cuales involucran fallas en los sistemas de seguridad bancaria.

Este tipo de fallos no solo busca reparar el daño económico y moral a las víctimas, sino también fijar precedentes jurídicos en un escenario donde los delitos cibernéticos superan las respuestas institucionales. La Justicia envía así un mensaje claro: los bancos no pueden delegar en el cliente el costo de un fraude cuando fallaron en prevenirlo.

Con estas decisiones, Tierra del Fuego se suma a una línea jurisprudencial cada vez más sólida en la Argentina, que exige a las entidades financieras el cumplimiento estricto de sus responsabilidades contractuales y normativas en materia de seguridad digital.  /iProfesional