Dos hermanas de 13 y 9 años lograron borrar de sus nombres el apellido de su padre preso

Sábado 22 de Noviembre de 2025, 08:21

CONMOVEDOR MENSAJE. “Recuerden siempre que fueron escuchadas, que su palabra tuvo valor y que su decisión fue respetada y honrada”, les escribió a las niñas la jueza Melisa Hanssen Giffoniello.



En una decisión inédita por su sensibilidad y por el protagonismo otorgado a las adolescentes, la Justicia de Tucumán autorizó a dos hermanas de 13 y 9 años a suprimir el apellido de su padre, luego de que ambas relataran una infancia atravesada por agresiones físicas. 

La jueza Melisa Hanssen Giffoniello, del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la 12ª Nominación, consideró que la permanencia de ese apellido representaba para ellas un recordatorio directo del maltrato sufrido y un obstáculo para su pleno desarrollo emocional.

El expediente fue iniciado por las propias jóvenes, V. y L., quienes comparecieron acompañadas por su abogada y solicitaron expresamente la eliminación del apellido paterno. Su pedido no surgió de adultos que las representaran: fueron ellas mismas quienes acudieron al Poder Judicial para pedir una identidad desligada del vínculo con su progenitor, actualmente cumpliendo una condena penal de tres años de prisión efectiva por violencia de género.

Durante el proceso se incorporaron denuncias previas, testimonios, documentos y actuaciones penales que daban cuenta del contexto de violencia familiar vivido hasta 2021, cuando aún convivían con su padre. Su madre, M. J., también participó del juicio y expresó su apoyo absoluto a la decisión de las niñas.

La jueza convocó audiencias con intervención de la Defensoría de Niñez y del equipo interdisciplinario del fuero, donde ambas adolescentes relataron su historia con la claridad y madurez que luego destacaría la magistrada. Esas exposiciones –reservadas para proteger su intimidad– permitieron determinar que las menores comprendían cabalmente el alcance emocional y jurídico de su pedido.

En una de las audiencias estuvo presente el padre, asistido por defensa oficial. Si bien dijo no oponerse al cambio, pidió que la decisión se pospusiera hasta la mayoría de edad. Sin embargo, la jueza ponderó que retrasar el trámite implicaría prolongar para las niñas la carga simbólica de un apellido asociado a violencia, lo que –según la doctrina y jurisprudencia citada en la sentencia– podría constituir una afectación a la personalidad y vulnerar el derecho a desarrollarse en un entorno emocional saludable.

Hanssen Giffoniello analizó el rol del nombre como elemento central de la identidad y concluyó que obligarlas a conservar un apellido que evoca un vínculo traumático reproduciría violencia simbólica. Consideró probado que ambas se identifican plenamente con el apellido materno, que ya utilizan en su vida cotidiana, y que existían “justos motivos” para acceder al pedido en resguardo del interés superior de las adolescentes.

La resolución ordenó suprimir el apellido paterno de todas las partidas y documentos, habilitando la inscripción registral con su nueva identidad.

En un gesto poco habitual, la jueza dirigió un mensaje personal a las hermanas: les recordó que un apellido no define quién es una persona ni condiciona su destino, y que ellas tienen derecho a una vida libre de miedo. “Recuerden siempre que fueron escuchadas, que su palabra tuvo valor y que su decisión fue respetada y honrada”, escribió la magistrada, en un cierre que coronó un fallo cargado de reconocimiento y empatía hacia las adolescentes.