Sábado 17 de Enero de 2026, 18:04

CANCELADO. El evento, siempre multitudinario, fue descartado por el municipio de La Banda aludiendo cuestiones económicas. Sin embargo se anunció otro evento, idéntico, pero con otro nombre.
Cuando un municipio (en este caso La Banda, Santiago del Estero), baja un evento masivo, la coartada estándar aparece rápido: “no están los recursos”. Es una frase útil porque clausura el debate sin abrir números, sin detallar partidas, sin mostrar alternativas (austeridad, formato reducido, alianzas, sponsors, etc.). Pero hay veces en que la economía no explica todo. Y la pista está en un lugar poco glamoroso, pero definitivo: los papeles de la marca.Según la solicitud de marca cargada ante el INPI, la denominación “FESTIVAL DE LA SALAMANCA” se tramitó como marca denominativa en Clase 41 (servicios culturales y recreativos), con fecha de carga 13/09/2022, y con titularidad inicial de
Eduardo Carabajal.
Cabe recordar que el fallecido Eduardo "Chaca" Carabajal fue funcionario y concejal de la Municipalidad de La Banda. Y que fue despedido con honores por el intendente
Roger Nediani.
Esa clase no es un detalle técnico: Clase 41 abarca, explícitamente, “organización de eventos culturales”, “organización de festivales” y “realización de eventos culturales”, exactamente el corazón de lo que un festival representa.
Luego, el propio INPI emitió la orden de publicación del trámite (art. 12 de la Ley 22.362), paso formal del proceso.
Y la solicitud apareció en el Boletín de Marcas N° 10322 (21/09/2022), identificada como Acta 4167872, Clase 41, con Eduardo Carabajal como titular.
El giro llega en 2024: existe un contrato de cesión por el cual Eduardo Carabajal transfiere el 100% de la marca (Registro N° 3.463.760 / Acta 4.167.872) a favor de Juan Emilio Carabajal, declarando la cesión como gratuita y autorizando la inscripción del trámite. Y el INPI certifica la actualización de titularidad: con fecha 25/03/2024 “se tomó razón” de la transferencia a favor de CARABAJAL, JUAN EMILIO (presentada el 14/03/2024), quedando como titular vigente.
Traducción política: El nombre del festival —como marca— tiene dueño. Y ese dueño no es la Municipalidad.Un municipio puede organizar cultura. Lo que no puede —sin exponerse— es usar comercialmente un nombre que está bajo titularidad marcaria ajena en el mismo rubro de servicios. En un evento real, el “uso” no es abstracto: aparece en afiches, entradas, acreditaciones, streaming, sponsors, puestos, merchandising, redes, prensa, señalética.
Si no hay acuerdo (licencia, autorización, convenio), la Municipalidad queda atada a dos opciones malas:- Renunciar al nombre (y perder capital simbólico y comunicacional).
- Usarlo igual y abrir la puerta a un conflicto por uso de marca (con costos, cautelares, intimaciones, daño reputacional).
Así, la “razón económica” puede ser apenas el maquillaje de una realidad más cruda: no hay festival porque no hay nombre habilitado.
Acá el golpe no es jurídico. Es político-administrativo. Porque si el festival es “de la ciudad”, ¿cómo se explica que el activo más estratégico —su nombre— figure en expedientes del INPI como un bien entre particulares?
No es un tecnicismo. Es la llave del evento.
Y si la Municipalidad realmente intentó un acuerdo y no lo logró, hay otra pregunta inevitable: ¿Por qué no se transparentó esa negociación? ¿Qué se ofreció, qué se pidió y por qué se cayó? ¿quién dejó pasar el punto ciego: registrar, proteger, blindar el nombre?
No se suspenden símbolos por una planilla. Se suspenden cuando alguien descubre tarde que el símbolo tiene dueño.
Y en La Banda, el dato duro es este: el festival podrá ser tradición popular, pero el nombre —según INPI— es propiedad privada. Lo demás, por más relato que le pongan, es humo. /
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