Lunes 24 de Noviembre de 2025, 21:59

Una medida regulatoria y un fallo judicial impactan de lleno en las reglas y condiciones operativas que deben cumplir las aerolíneas.
A semanas del inicio del verano, cuando se dispara la demanda de vuelos, una resolución de la ANAC y un reciente fallo judicial podrían modificar de manera sustancial cómo deben responder las aerolíneas ante los reclamos de los pasajeros en la Argentina.Por un lado, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) dejó sin efecto el histórico “libro de quejas” en papel y aprobó un nuevo sistema digital, accesible y obligatorio para todas las compañías locales y extranjeras que operan en el país. Por otro, la Justicia Federal de Córdoba dictó una sentencia contra Flybondi que podría convertirse en un precedente para futuros casos de demoras y reprogramaciones reiteradas.
Adiós al libro de quejas: ANAC digitaliza el sistemaLa resolución 774/25 actualiza por primera vez en casi 30 años el mecanismo para presentar y gestionar reclamos por demoras, cambios de horarios, servicios a bordo o problemas con el equipaje.
El organismo, dirigido por Oscar Villabona, determinó que las aerolíneas deberán ofrecer un canal de reclamos físico, telefónico o digital gratuito y accesible, dejando atrás el libro rubricado en papel que quedó “desfasado” frente al volumen de interacciones digitales actuales. Toda presentación deberá generar un comprobante único y ser respondida en un plazo máximo de 30 días hábiles.Además, cada compañía deberá publicar de manera visible cómo se inicia un reclamo, brindar asistencia a quienes no puedan usar medios digitales y garantizar opciones accesibles para personas con discapacidad. También deberán ofrecer un enlace al Sistema de Reclamos en Línea de ANAC si la respuesta no conforma al pasajero.
Las empresas tendrán la obligación de archivar cada reclamo por cinco años y remitir un informe anual con el total de presentaciones, los tiempos de respuesta y el índice de resolución favorable.
Fallo en Córdoba: doble indemnización por reprogramaciones
En paralelo, un fallo del Juzgado Federal N°1 de Córdoba encendió una señal de alerta en el sector.
El juez Carlos Arturo Ochoa condenó a Flybondi a pagar una doble indemnización a un pasajero que sufrió tres reprogramaciones consecutivas en un vuelo de Córdoba a Buenos Aires, lo que lo llevó a comprar por su cuenta un ticket de Aerolíneas Argentinas para no perder una conexión internacional.El magistrado ordenó que la low cost indemnice con $ 246.950 por el daño “emergente y patrimonial” –el costo del pasaje alternativo– y con $ 1.300.000 por daño “moral y extrapatrimonial”. Ochoa consideró probado el “estado de incertidumbre, nerviosismo y angustia” que atravesó el pasajero frente a la falta de respuestas y la sucesión de reprogramaciones.El juez rechazó el argumento de Flybondi de que la última modificación había sido inferior a las cuatro horas que establece la normativa aeronáutica. Sostuvo que lo relevante es la sumatoria de las tres reprogramaciones y que ninguna fue comunicada con la antelación exigida.
Según el fallo, la empresa no ofreció alternativas adecuadas ni derivó al pasajero a otra aerolínea, lo que lo dejó en una situación de “urgencia y desesperación”.
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